comunidades de bienes: la alternativa de moda a las cooperativas de vivienda
comunidades de bienes: otra manera de autopromoción de viviendas
las cooperativas han sido durante años una interesante alternativa para quien quiere una casa nueva a buen precio. tras saltar a la palestra numerosos escándalos relacionados con ellas, muchas empresas inmobiliarias buscan una nueva fórmula de seducir a los compradores, y la han encontrado en la comunidad de bienes
¿qué es una comunidad de bienes? ¿qué diferencias tiene con una cooperativa?
una comunidad de bienes – o comunidad de propietarios- es una figura similar a la cooperativa en cuanto a su objetivo: ambas ofrecen conseguir una vivienda nueva a un precio más económico, comparado con comprarla directamente a una promotora. además, permiten al comprador participar personalmente en el desarrollo del proyecto
sin embargo, la comunidad de bienes tiene una diferencia fundamental con la cooperativa: carece de personalidad jurídica propia. esto implica que la constitución de la comunidad de bienes es más rápida y requiere menos trámites, pero a cambio sus miembros -llamados ahora comuneros- delegan parte de su poder decisorio en la empresa gestora. “la comunidad de propietarios, para el desarrollo de la promoción, suele otorgar apoderamientos generales irrevocables a favor del gestor, lo que vienen a constituirle, en la práctica, en un auténtico administrador del colectivo”, explica rafael gonzález tausz, experto en derecho inmobiliario y socio de inmoabogados
pero ¿qué otras implicaciones tienen las comunidades de bienes? la autopromoción de vivienda, tanto en cooperativa como en comunidad de bienes, implica siempre una mayor responsabilidad que la compra del piso a una promotora, pero esta responsabilidad se multiplica en el caso de las comunidades de bienes
en ellas, si surge un problema (un gasto imprevisto, impago de alguno de sus miembros, retrasos en las obras, etc) se responde frente a terceros no sólo con los bienes de la comunidad, sino con todo el patrimonio personal de los comuneros, que ponen en juego algo más que las cantidades aportadas al proyecto. y no sólo la deuda, también la responsabilidad en caso de accidente es mayor en caso de una comunidad de bienes. “una cooperativa tiene una responsabilidad limitada, una responsabilidad que resulta inapelable en una comunidad de bienes”, advierte begoña villacís, responsable del área fiscal, laboral y mercantil de legálitas. “sobre la empresa gestora se descarga la gestión, pero no la responsabilidad, por lo que la confianza y el asesoramiento previo es fundamental, mucho más en el caso de una comunidad de bienes que en el de una cooperativa”, asegura
¿qué regulación tienen las comunidades de bienes?
el código civil es el que regula las comunidades de bienes. su misión básica es hacer posible que un grupo de personas lleven a cabo la edificación de sus casas, estableciendo ciertas reglas de funcionamiento que quedan reflejadas en los estatutos de la comunidad. en este aspecto, las comunidades de bienes también pierden puntos respecto a las cooperativas tradicionales. “la existencia de un marco legal completo en las cooperativas les otorga mayor seguridad jurídica que a las comunidades en lo que respecta a su funcionamiento (auditorías de cuentas, comisiones, recursos internos, impugnación judicial de acuerdos, etc …)”, señalan desde inmoabogados
¿por qué están de moda las comunidades de bienes?
pese a todo, la comunidad de bienes, una figura casi desconocida hasta hace poco tiempo, es una modalidad que cobra fuerza en los anuncios de gestoras que buscan miembros para su proyecto. la razón es que la autopromoción es para muchos el futuro de la construcción residencial, no requiere casi inversión inicial y el riesgo que asume la empresa es mucho menor
crear una comunidad de bienes permite a la empresa seguir obteniendo estas ventajas a la vez que 'huye' de la palabra 'cooperativa' que tan mala fama ha cogido tras escándalos como el de ofigevi, gespozuelo, psg o el drama vivido en numerosos paus madrileños. “las cooperativas han dejado mal sabor de boca por su régimen estatutario. hay una ley estatal y comunitaria que las regula, pero el 80% de su funcionamiento queda fijado en los estatutos, que muchas personas no conocen antes de asociarse a una cooperativa. por ello, antes de incorporarse a una promoción en régimen de autopromoción es importantísimo asesorarse bien”, explican desde legálitas
ver viviendas en régimen de comunidad de bienes en idealista.com
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13 comentarios por ahora
añadir tu comentarioPuede ser una solución para un grupo de amigos que quieren hacerse una casa, pero cuando el colectivo no es homogéneo, es decir, que se puede apuntar cualquiera el riesgo es demasiado elevado, ya que todos se responsabilizan de todos de forma solidaria. mucho ojo.
No se yoooo, a mi me parece peor opción que las cooperativas. El gestor acabará robando dinero por gastos de comunidad sin dar explicaciones justificando gastos innecesarios y huntados de dinero.
No lo aconsejo.
aunque la mona se vista de seda, mona se queda.
parece mentira que se promocione esta idea. es una aberración ya que si en vez de cooperativas (que tan mal sabor de boca han dejado según el articulo) los mismos hechos hubieran sucedido con la figura de la comunidad de bienes, hoy nos encontraríamos con que las personas afectadas responderían con todo su patrimonio y los gestores tan ricamente.
MUCHO CUIDADO esto solo favorece a los gestores y promotores ajenos nunca a los particulares que ponen en riesgo su patrimonio.
esto es la misma mierda. el problema no son las comunidades ni lo otro ni lo otro, sino que la justicia en este pais es una autentica bazofia y que no te puedes fiar ni de la camisa que llevas puesta.
1.- " el riesgo es demasiado elevado, ya que todos se responsabilizan de todos de forma solidaria..."
Eso depende de varios factores como : el tipo de vivienda de la promoción q se vaya a construir (no es = unifamiliar q plurifamiliar), como lo haya planteado la gestora, etc...
2.- El gestor acabará robando dinero por gastos de comunidad sin dar explicaciones justificando gastos innecesarios y huntados de dinero.
no tiene porqu. el valor de costo asignado a cad inmueble está definido desde el principio. Además hay algunas gestoras q asumen las desviaciones a la baja y al alza.
3.- "los mismos hechos hubieran sucedido con la figura de la comunidad de bienes, hoy nos encontraríamos con que las personas afectadas responderían con todo su patrimonio y los gestores tan ricamente.
MUCHO CUIDADO esto solo favorece a los gestores y promotores ajenos nunca a los particulares que ponen en riesgo su patrimonio..."
Nunca puede ser igual xq llegado tal situación los comuneros pueden cambiar de gestora.
Realmente esto es un tema de confianza en el entidad q delegas.
Igual q todo en la vida, como el gestor q me lleva los papeles, el asesor fiscal q me aconseja, el abogado q lleva mi pleito, el médico al q acudo ante una enfermedad, el técnico de la lavadora, del coche, etc...
no lo veo una idea mala porque puedes ser el titular registral del inmueble desde el inicio de la promoción y ante problemas al menos tengo lo q ya he abonado.
Ya me contaran donde estan las ventajas para el "comunero"... Si lo he entendido bien, el promotor hace y deshace a su antojo y ante cualquier problema economico el que se puede encontrar con la vida arruinada es el comunero mientras el promotor se va de rositas, por que el "solo pasaba por alli..."
Es bueno conocer que existe esta forma de auto-promoción, pero para huir de ella como de la peste!
esto es dar poder al promotor para hacer lo que quiera y luego los comuneros se comen el marron el que lo inventor es un genio si señor asin tambien me hago yo promotor no saben como engañar a la gente que aun tiene algo de dinero que verguensa y que esto lo permitan
El problema de una comunidad de bienes es que solo tiene capacidad a efectos fiscales, no tiene capacidad jurídica para obrar, con lo cual de poco sirve
LEGALIZAR LA PIRATERIA EN ESPAÑA ,PARA QUE LOS PIRATAS PUEDAN SALIR DE CRISIS ,NO ES UNA SOLUCIÓN PARA EL CONJUNTO DE LA SOCIEDAD, ESO ES CREAR UN NUEVO MARCO JURIDICO PARA QUE EL CONSTRUCTOR , EL BANQUERO, EL POLITICO Y DEMÁS AVES CARROÑERAS CREEN MAYOR DESIGUALDAD SOCIAL.
mi consejo es que no os metais nunca en una coperativa de viviendas las gestoras son las que forman las coperativas la mayoria son todos unos atracadores ,eligen ellos al presidente de la coperativa y al consejo rector que normalmente suelen ser de su entorno o trabajadores del mismo gestor para asi poder hacer lo que los de la gana sin poner un euro de su bolsillo ,casi todas las gestoras son protoras y la coperativa pasa a ser seudo coperativa .SI LAS COSAS SALEN BIEN EL GESTOR SE FORRA ,SI LAS CASAS SALEN MAL EL SE LLEVA UNA BURRADA DE DINERO SE DESCOJONA DE LOS IGNORANTES SOCIOS Y COMO EN ESTE PAIS TODO VALE A BUSCAR MAS PARDILLOS PAR SEGUIR FORRANDOSE HASTA QUE LA LEY SE LO PERMITA O ALGUN SOCIO LE PARTA LA CABEZA
ESPAÑA ESTA PLAGADA DE FAMILIAS QUE HAN SIDO VICTIMAS DE COPERATIVAS DE VIVIENDAS HABIDO PUESTO TODOS SUS AHORROS Y TODA SU ILUSION EN CONSEGUIR UNA VIVVIENDA EN COPERATIVA Y AL FINAL SE HAN QUEDADO SIN CASA Y SIN ENDINERO.ALGUNAS VECES NO HABIAN NI COMPRADO EL TERRENO OTRAS LES PEDIAN EL DOBLE DE LO QUE LES HABIAN PROMETIDO Y AL FINAL TINES QUE DEJARLO PORQUE TE ES IMPOSIBLE Y NO QUIEREN DARTE EL DINERO QUE HABIAS APORTADO
ESPAÑA ESTA PLAGADA DE FAMILIAS QUE HAN SIDO VICTIMAS DE COPERATIVAS DE VIVIENDAS HABIDO PUESTO TODOS SUS AHORROS Y TODA SU ILUSION EN CONSEGUIR UNA VIVVIENDA EN COPERATIVA Y AL FINAL SE HAN QUEDADO SIN CASA Y SIN ENDINERO.ALGUNAS VECES NO HABIAN NI COMPRADO EL TERRENO OTRAS LES PEDIAN EL DOBLE DE LO QUE LES HABIAN PROMETIDO Y AL FINAL TINES QUE DEJARLO PORQUE TE ES IMPOSIBLE Y NO QUIEREN DARTE EL DINERO QUE HABIAS APORTADO
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