el ibi: cómo se calcula y cómo te afecta su subida
Jueves, 24 Mayo, 2012 - 09:08
publicado por
Elena@idealista
esta noticia fue seleccionada para el resumen semanal del 25 de mayo de 2012

aclara todas tus dudas sobre el recibo del ibi
el impuesto sobre bienes inmuebles (ibi) es un tributo que cada año tienen que pagar los propietarios de todos los inmuebles –viviendas, garajes, locales…- sólo por tenerlos. constituye una de las principales fuentes de ingresos de los ayuntamientos. para recaudar más, muchos ya han anunciado que subirán el ibi, pero su funcionamiento resulta farragoso para muchos ciudadanos. En este especial te explicamos qué es el ibi, cómo se calcula, quién lo paga y solucionamos otras dudas clásicas sobre este impuesto
estos días millones de ciudadanos reciben el temido recibo del ibi. se trata de un impuesto casi tan odiado como desconocido es su funcionamiento. descubre en este especial cómo funciona el ibi para que nunca más vuelvas a tener dudas
pincha en las siguientes preguntas para conocer las respuestas:

la inmensa mayoría de los propietarios de inmuebles están obligados a pagar este impuesto, pero no todos, ya que la ley contempla que algunos inmuebles quedan exentos. así, aquellos pertenecientes a la iglesia católica constituyen la exención que más ha sonado recientemente en los medios de comunicación, pero lo cierto es que no son un caso único. además de la iglesia, hay otros propietarios que están libres de pagar este impuesto. Por ejemplo:
- los inmuebles propiedad del estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales directamente relacionados con la seguridad ciudadana o con los servicios educativos (comisarías, cárceles o colegios)
- los del estado dedicados a la defensa nacional
- los inmuebles de la cruz roja
- las sedes diplomáticas de otros países
- los catalogados como patrimonio histórico
- los inmuebles antiguos de las grandes ciudades o los pertenecientes a asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas
- etc
el ayuntamiento de cada municipio fija, dentro de unos márgenes, cuánto se ha de pagar por los inmuebles que se sitúan en su territorio. al valor catastral del inmueble, aquél que refleja el valor del suelo en el que se ubica y la edificación, se le aplica un coeficiente que varía entre un 0,4% y un 1,3% para los inmuebles urbanos. por ejemplo, para una vivienda situada en madrid capital (donde para el año 2012 se aplica un tipo impositivo del 0,581%) y con un valor catastral (no real) de 79.215 euros, saldrían a pagar 460 euros
el valor castral de una vivienda puede conocerse mediante una consulta al catastro o bien a través del recibo del ibi que todo propietario recibe cada año
existen importantes diferencias entre los municipios, en función por ejemplo de si se trata de una capital de provincia o de los servicios públicos que ofrece el consistorio
el valor catastral al que el ayuntamiento aplica el porcentaje elegido lo calcula el catastro, a través de una serie de criterios. entre ellos destacan:
- la localización del inmueble
- el valor de mercado que considera para cada casa
- el coste de ejecución material de las construcciones
- los tributos que gravan la construcción o la calidad
- la antigüedad del edificio, entre otros
se trata de un valor que resulta muy inferior al precio de mercado del inmueble, en torno a la mitad. cada 10 años, la administración debe revisar los valores catastrales de todos los inmuebles de cada municipio, una valoración que suele ser al alza y que se traduce en subidas en el importe a pagar
el impuesto del ibi contempla una serie de bonificaciones generales, como son las correspondientes a viviendas de protección oficial (vpo) –que disfrutan de una reducción del 50% durante los tres primeros años- o los bienes rústicos de las cooperativas agrarias –que tienen derecho a una bonificación del 95%-
además, cada ayuntamiento podrá establecer bonificaciones adicionales en su normativa municipal, como por ejemplo es el caso de madrid para familias numerosas
también, algunos ayuntamientos aplican un descuento a quienes domicilien el pago del recibo en el banco. así, en el caso del ayuntamiento de madrid, este sistema permite ahorrar el 5% de la cuota a pagar. en el caso de barcelona, el ahorro es del 2%
cada 10 años, los municipios deben revisar el valor catastral de los inmuebles que se localizan en su territorio. a lo largo de 2012, se estima que un total de 4,2 millones de inmuebles sufran la revisión de su valor catastral, encareciendo el impuesto de bienes inmuebles a millones de propietarios
para no hacer esta subida tan dura, algunos ayuntamientos como el de madrid aplican, tras la revisión de los valores catastrales, un coeficiente reductor al nuevo valor obtenido que se va reduciendo cada año -y por ello la cuota va subiendo-. de este modo, el "golpe" no es tan duro, sino que cada año, y durante los diez siguientes tras la revisión, el recibo sube paulatinamente
a todo esto se suma un cambio legal que aumenta el valor a pagar para muchos ciudadanos. a finales del año pasado, el gobierno de mariano rajoy anunció que el tipo impositivo del impuesto subiría durante 2012 y 2013 de manera transitoria con el fin de que los ayuntamientos puedan recaudar más, unos 918 millones de euros adicionales. este cambio abre la puerta a que los municipios que realizaron la última revisión catastral antes de 2006 puedan cobrar más a las viviendas de mayor valor, hasta un 10% más en función del año en el que el ayuntamiento realizó la última revisión catastral
y es que muchos ayuntamientos llevan más de la década recomendada sin revisar los valores catastrales de los inmuebles que se ubican en su territorio. de hecho, cerca de la mitad de los 7.591 municipios con los que cuenta nuestro país lleva sin actualizar el valor del suelo 18 años, por lo que ahora podrán cobrar un 10% más gracias a la medida estatal. una subida que irá seguida de otra mucho más dramática y que tendrá lugar cuando, por fin, el ayuntamiento se decida a revisar los valores de los inmuebles de su territorio. para entonces, habrán subido tanto desde la última revisión, que implicarán fuertes incrementos en el recibo que pagan los vecinos. ejemplo de esta situación es la ocurrida en chiclana de la frontera (cádiz), que hace cuatro años revisó el valor catastral del suelo de su territorio por primera vez desde 1994. el resultado fue que los vecinos tuvieron que pagar un recibo de ibi diez veces mayor que el que venían pagando hasta entonces
- cuando se vende una vivienda ¿paga el ibi el comprador o el vendedor?
el impuesto de bienes inmuebles de cada año debe pagarlo la persona que es propietaria de ese inmueble el día 1 de enero. si se produce la venta a lo largo del año, la cuota debe pagarla quien sea propietario del inmueble el primer día de cada anualidad
- si la vivienda está alquilada, ¿paga el ibi el casero o el inquilino?
el ayuntamiento exigirá el pago del impuesto al propietario de la vivienda, pero éste puede repercutir el pago del impuesto al inquilino si el contrato de arrendamiento así lo contempla
si tienes preguntas sobre éste u otro tema, utiliza nuestro consultorio inmobiliario
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el ayuntamiento donde yo resido, muy "gracioso" él, ha asegurado que no subirá el IBI, a cambio ha aumentado el valor catastral de las viviendas asegurando que hay que adaptarlas al precio de mercado. ¿es o no "graciosa" la situación?, en lugar de un hecho real más parece un chiste. http://goo.gl/TR43L
cuando se habla de subida catastral todo el mundo habla del ibi.
los ayuntamientos se encargan de quitar importancia a tal subida. Alegan que la subida se amortigua graduando el % que se aplicará en sucesivos años hasta llegar al 100% en x años.
Sin embargo nadie piensa que el efecto más contundente e inmediato de las revisiones catastrales no radica en el ibi, sino en el el irpf (atribución de rentas en segundas viviendas) y en el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos urbanos (impuesto municipal de plusvalías).
Ahí es donde te pegan un buen palo desde el primer momento.
El valor catastral es una mentira y una estafa, que ha quedado al descubierto en el momento que las viviendas empezaron a bajar de precio.
el engaño está en el valor del suelo, que se engorda todo lo que haga falta hasta obtener el precio que ellos quieren.
como con el valor de construcción no pueden realizar disparates, porque todo el mundo sabe cuanto cuesta hacer una casa y como se va deteriorando con el paso del tiempo, lo hacen con el valor del terreno, una cosa tan subjetiva que es dificil de rebatir.
¿Quien puede demostrar que un suelo vale 2 en lugar de 10 o 20?, muy poca gente.
yo demostré con pruebas (por comparación con parcelas cercanas) a un tribunal economico administrativo regional que el valor de mercado del suelo que me asignaba el catastro era 5 veces superior a lo que la administración vendía en terrenos próximos; no le quedó otra que darme la razón, pero a pesar de ello, desde 2008, el catastro se niega a rectificar su valoración, imagino que por no sentar precedente.
lo dicho, todo una estafa y un timo.
#3
"(...)yo demostré con pruebas (por comparación con parcelas cercanas) a un tribunal economico administrativo regional que el valor de mercado del suelo que me asignaba el catastro era 5 veces superior a lo que la administración vendía en terrenos próximos; no le quedó otra que darme la razón, pero a pesar de ello, desde 2008, el catastro se niega a rectificar su valoración, imagino que por no sentar precedente(...)"
Primero, el tribuanl económico administrativo tiene otra razón siempre para decirle que no lleva razón. Segundo, si fue vd. al tribunal económico administrativo, no será reclamando un exceso de valor unistario o de repercusión del catastro, sino para un caso de " i.t.p. = impuesto de transmisiones patrimoniales. Tercero, el catastro no puede rectificar " la Ponencia de valores catastrales de su municipio" en un valor unitario de tu ú-n-i-c-o nº de policia / tu casa o terreno) de una calle, partida, urbanización...los valores de catastrales son valoraciones masivas que se determinan por cada calle o tramo de calle y en base a unos módulos de construcción y suelo que va por zonas en una capital y por ciudades en miles de casos.
¿que como saber el valor catastral de una casa?, pues mirando el recibo del Ibi, lo que toda la vida se llamo el recibo de la contribución.
otra cosa es saber el valor catastral que le pondrán a tu casa cuando hagan una revisión del mismo; En este caso te puedes poner a temblar porque resumiendo y a grandes rasgos lo que hacen es establecer un precio de mercado para tu zona y aplicarle un 50%. y para justificarlo, todo lo que no pueden justificar con la construcción se lo asignan al suelo.
sencillo, ¿verdad?, pues este sistema sirve tanto para asignarte un valor de 100, como uno de 300, ya que todo depende de la muestra de vivendas en venta que cojas y lo que le quieras poner al suelo.
además y para colmo, la muestra se hace con precios de oferta, no con precios reales de operaciones cerradas, entre otras cosas, porque esos en este pais solo los conocen el comprador y el vendedor.
No se si es que no entiende o no quiere entender, pero se lo voy a explicar otra vez: he dicho, y repito, que el tribunal económico administrativo regional (el de castilla la mancha, concretametne), me ha dado la razón, o sea que, a la vista de las pruebas que les presenté, resolvieron que el nuevo valor catastral que asignaban a mi vivienda era incorrecto y que había que reducirlo, pero es mas, decidió eso con mi recurso y volvió a decidirlo para resolver el "incidente de ejecución" a la pretendida nueva valoración que realizó el catastro, ¿entiende?, me parece que no.
Primero: el "tear" me ha dado la razón a mi y no a la gerencia del catastro, y en dos ocasiones seguidas.
segundo: el asunto es de "valoración catastral" no de "itp".
tercero: no se si el catastro puede cambiar la ponencia de valores, ni me importa, pero está obligado a corregir una valoración catastral si lo decide un tribunal. Y eso se lo puedo asegurar porque conmigo no es la primera vez que lo hacen.
saludos
veo complicado que podais calcular el ibi de los bienes de uso residencial para los ejercicios 2012 y 2013.
supongamos que el año de aprobación de la ponencia sea 2008-2011, necesitais el valor catastral de todos los inmuebles de ese tipo. calcular la mediana del valor catastral y todos los que superen ese valor se calcularán con un tipo de gravamen con un incremento del 4%.
Veo difícil que puedan conocer ese valor a partir del cual se incrementa el tipo de gravamen y menos que conozcan el número y valor catastral de todos los inmuebles.
asi estamos en este puto pais,todo a base de estafas y timos,promovidas por politicos y banqueros,para poder mantener sus sueldos y privilegios ,se ha quedado demostrado con el tiempo,ya nadie se fia de españa, hasta el ultimo turista(con los que tengo contacto diario),no quieren saber nada,porque han acabado escarmentados de tanto abuso en todos los negocios.
Es gracioso todo ello, el valor del mercado de la vivienda en algunas zonas, ha sido tan brtual que el problema ahora es, que el valor minimo por el que te obligan a escriturar una vivienda es del doble, que el valor real del mercado de esa vivienda ,
resultado pagas 8% más como es mi caso :
valor de mi piso que compro 90.000 euros
valor catastral que me obliga la Junta de Andalucia 155.000 euros
Diferencia que me penalizan por comprar 65.000 eruso x 8%...5.200 euros.
en definitiva, si te matas trabajando para tener tu casa propia terminas siendo el imbécil al que crujen a impuestos sencillamente porque a la hora de recaudar el único que no puede escapar es el que tiene algo a su nombre en el registro.
nuestros políticos saben que en su obstinación por la casa propia el pobre infeliz dejará de comer si es necesario para seguir manteniendo los ayuntamientos y autonomías que ya nos tienen hasta el gorro.
pensar que antes se quejaban porque tenían que mantener a franco y hoy cualquier alcalde de ciudad media se gasta en sí mismo más de lo que gastó franco en cuatro décadas.
no queríamos pagar a uno y ahora pagamos a miles y sus familiares y amigos.
ya no alcanza el ibi, basura, iva, itp y la madre que los parió para pagar a esta gentuza que además nos llena de deudas que nosotros no gastamos.
a los pepitos de este país no les a importado pagar 50 kilitos por sus ladrillos.
ahora, cuando llegue la dolorosa, tendrán que aceptar de buenas maneras la clavada de los ayuntamientos. aunque claro, siempre habrá los que vieron como se revalorizaba su barrio obrero a pesar de ellos.
Es gracioso todo ello, el valor del mercado de la vivienda en algunas zonas, ha sido tan brtual que el problema ahora es, que el valor minimo por el que te obligan a escriturar una vivienda es del doble, que el valor real del mercado de esa vivienda ,
resultado pagas 8% más como es mi caso :
valor de mi piso que compro 90.000 euros
valor catastral que me obliga la Junta de Andalucia 155.000 euros
Diferencia que me penalizan por comprar 65.000 eruso x 8%...5.200 euros.
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te corrijo.
no es gracioso, es un robo en toda la regla. se debería llegar al tribunal europeo con esta estafa ya que en países como en alemania lo que declaran vendedor y comprador es el valor sobre el que se aplica el impuesto sin que ninguna autoridad opine si es bajo o alto.
(también es verdad que los alemanes no se ponen de acuerdo entre comprador y vendedor para bajar el valor de escrituración).
la junta de andalucía es líder nacional en sobretasar los inmuebles, es decir, en el robo a mano armada.
" lo peor del valor catastral y el i.b.i. " es los desiquilibrios, desigualdad que hay en general, entre las ciudades, entre si está o no revisado el valor catastral, tendrían que estar todos revisados antes del 2004 por Ley o mejor dicho antes de transcurrios los 10 años desde la última revisión catastral de cada municipio y quedan miles de municipios sin revisar.
Las normas 1020/1993 sobre normas de técnicas de valoración catastral y el cuadro marco de valores de suelo y de las construcciones. No es objetivo, ni justo, ni adecuado al mercado inmobilirio,... un cuadro de tipologías constructivas, donde un " módulo basico de construcción" aumente un maximo entre el 35% y 60% y que una vivienda vieja baje sólo un 50%, para entendernos, pongamos como módulo 600 €/m2 por ejemplo, para una ciudad o zona:
como no hay ni una sóla vivienda en españa catalogada como tipología constructiva maxima como vivienda ( 1.1.1.1), sino que la maxima y mejor vivienda está como 1.1.1.2, solo aumenta el 35 %:
- la vivienda más cara vale catastralmente hablando: 600 x 1,35 = 810 €/m2
- La vivienda peor del barrio o ciudad vale catastralmente hablando: 600 x 0,50 = 300 €/m2
conclusión:
1.- un edificio de sillería del señorito xxx vale: 100 m2 x 810 €/m2 = 81.000 euros
2.- un edificio de mala calidad constructiva en el casco viejo de la ciudad vale: 100 m2 x 300 €/m2 = 30.000 euros.
Ambos se depreciarán por la antiguedad, pero de principio está muy desiquilibrado el cuadro de tipologías constructivas, donde por mejor piso tengas menos pagas en referencia la mercado y cuanto más pobre seas y pero piso tengas, más pagas por i.b.i. en referencia al mercado.
Paga la clase media y la pobre, la alta se sale de rositas en el i.b.i., en comparación con el valor de mercado de su vivienda.
y
Voy a explicar mi situacion. Vivo en Bellaterra, muy cerca de Barcelona ciudad. Tengo UNA CASA CUYO valor catastral ES de 725.000 EUROS aproximadamente, segun hacienda el valor mínimo de escrituracion es de 1.050.000 EUROS, LA TENGO A LA VENTA EN TODAS LAS WEBS MÁS IMPORTANTES Y EN INMOBILIARIAS POR 750.000 Y NO TENGO NI LLAMADAS. ¿pUEDE ALGUIEN EXPLICARME COMO CUADRAN LOS NÚMEROS?. ¿DONDE ESTA HACIENDA, EN LAS NUBES? ¿qUE INTELIGENCIA DE LAS QUE NOS GOBIERNAN ASIGNA LOS VALORES CATASTRALES? YA QUE HACIENDA SUPONE QUE como MÍNIMO ME VAN A PAGAR 1.050.000 Y QUIERE COBRAR IMPUESTOS POR ESA CANTIDAD. ¡eS DE LOCOS!
#6
si vd. quiera que lo entienda, mándame la resolución del tribunal...tear.
Un valor catastral se lo pueden cambiar por errores m-a-t-e-r-i-a-l-e-s demostrados como que está mal la antiguedad, que la superfcicie es inforior, el estado de conservación es regular y no normal, que un exceso de fonde de la parcela que no se ha aplicado, por ser un terreno de inedificabilidad temporal, por ser una finca afectada por protección de algun tipo ( integral, estructural, ambiental...), por estar fuera de uso en el Plan general de ordenación urbana etc, etc, etc.
lo que tengo muy claro es que el catastro no le va a cambiar el valor unitario del suelo nunca despues de haber aprobado definitivamente una " Ponencia de valores de suelo ´para su ciudad", vd. tendría un plazo para elegar contra cualquier dato d ela finca y valores asignados d-u-r-a-n-t-e el plazo de " revisión catastral" que tendrá incluso respuesta escrita, pero despues de aprobada, nada que hacer en cuanto a modifcar valores unitario o de repercusión del tramo de calle donde esté localizada su vivienda o bien inmueble.
Espero le haya servido y quedo a su disposición, pero entienda por lo menos que soy un profesional también del " catastro de naturaleza rústica y urbana " en españa y no uno cualquiera, como vd. tampoco lo es y si sabrá entender que la sentencia de cualquier tribunal para interpretarla hay que tenerla delante, leerla y releerla para entenderla y por escrito en un foro, tal vez no nos entendamos.
saludos
otro tema que les gustará saber es que por ley:
- Los promotores, urbanizadores...de bienes inmuebles estarán bonificados entre el 50% y un maximo del 90% del i.b.i. durante la ejecución de las obras y hasta un máximo de 3 años. Hay una coletilla, que dice, se deberán de solicitar al Ayuntamiento donde se ubique la promoción, en fecha anterior a la fecha de inicio de las obras.
si construyes no pagas i.b.i.
Las casas ....."la teta de impuestos inacabable" , habeis caido como chinches
El gobierno ha tirado por la via facil,a la griega:subir los impuestos sobre el inmobiliario y cada vez mayores
esto va en contra de la política de fomento del alquiler porque los que tienen dinero no compran viviendas para alquilar.
Ya que los impuestos ,y gastos más tiempo perdido sin lograr alquilarlo ...son casi equivalentes al alquiler de tal forma que que el gobierno se incauta de las rentas... pero no de la propiedad que la ha de conservar y trabajar el arrendador.
Hoy dia el chollo es ser inquilino y no propietario pero ,para ser inquilino tiene que haber viviendas que se alquilen....alquilad ,alquilad
#9 y #11
llevais toda la razón, en el i.t.p. están recogiendolos a sacos y en la comunidad valenciana que hay hasta " normas técnicas para su valoración" te las niegan y a pagar y pagar " complementos por i.t.p. por un tubo".
De los 300.000 pisos embargados por los bancos hasta la fecha aprox.:
¿ creeis que los bancos van a pagar el i.b.i. de los 300.000 pisos embargados ? yo creo que no., pues ya supone sacar de la caja de los bancos 150 millones de euros cada año o más.
¿ han dado de baja los contadores y/o han pagado el agua y electricidad que se debe en cada contador de agua y luz de la casa embargada ? yo apuesto a que no.
¿ están pagando religiosamente la cuota de cada comunidad de propietarios ? yo creo que no.
nueva cruz propietaria
El Gobierno acelera la etiqueta energética obligatoria para los pisos
http://www.vozpopuli.com/empresas/3521-el-gobierno-acelera-la-etiqueta-e...
lo que no es de recibo es que se cobre el ibi para una propiedad que todavía no es tuya. que se cobre cuando hayas terminado de pagar la hipoteca o que te lo devuelvan si te deshaucian. ¿porque hay que pagar un impuesto para vivir en tu propia casa? impuestos para la casita de la playa o de la montaña pero no para el piso donde vive una familia.
De los 300.000 pisos embargados por los bancos hasta la fecha aprox.:
¿ creeis que los bancos van a pagar el i.b.i. de los 300.000 pisos embargados ? yo creo que no., pues ya supone sacar de la caja de los bancos 150 millones de euros cada año o más.
¿ han dado de baja los contadores y/o han pagado el agua y electricidad que se debe en cada contador de agua y luz de la casa embargada ? yo apuesto a que no.
¿ están pagando religiosamente la cuota de cada comunidad de propietarios ? yo creo que no.
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exactamente, km, con lo cual ¿qué tenemos?
bancos m-o-r-o-s-o-s.
pues que les apliquen su propia medicina, ¿no?
en un país donde el señor feudal emilio botín se beneficia de una portentosa buena suerte cada vez que trata con la justicia penal (archivo del proceso por delito fiscal, y ya van varios), podemos esperar sentados.
un saludo
Buenas tardes,
Quería hacerles una consulta referente al IBI. Soy propietario de una vivienda de VPO desde hace 5 años y aún no me han cobrado nunca el ibi. Intento localizar la vivienda en la página de catastro y aparece como calle en construcción.
¿Hay alguna manera de solicitar ese cobro? No quiero tener problemas y que me pasen todos los años en un sólo pago o algo similar.
Muchas gracias por adelantado!
Un saludo.
#32
La calle será nueva en la ciudad, no figaraba en la Ponencia de valores aprobadas hasta la fecha y mientras no se de de alta en catastro la calley también la finca no van a pasar i.b.i.
Puede preguntar al promotor si presentó la documentación requerida por catastro para dar de alta la finca como viviendas en división horizontal.
Puede tardar un tiempo, pero de lo que no se escapa es de pagar cinco años de i.b.i. seguiditos, auqnue vd. puede solicitar el aplazamiento de esos pagos, previo acuerdo por escrito con su ayuntamiento u ente que gestione el i.bb.i. en su ciudad.
Pues lo q tienes q hacer es ir al Ayuntamiento de tu ciudad y en la sección q corresponda al catastro decirles q el edificio lleva ya años construidos, e inmediatamente te pasen los recibos mínimo de los 4 años y en breve el del quinto. A mi me pasó pero de 2 años. La otra opción es esperar y cuando alguien trabaje y se de cuenta te los pasarán todos a la vez. PArece mentira pero asi funcionamos en este país.
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