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2 respuestas
añadir tu respuestaen primer lugar sería importante que indicara si se subrogó en la adquisición al préstamo convenido. en caso afirmativo deverá devolver todas las ayudas recibidas y cancelar el préstamo.
si no recibió ayudas puede arrendar su vivienda, conforme a la legislación vigente en su comunidad.
si lo que está valorando es arrendar la vivienda, sin cumplir dichos requisitos, el riesgo es demasiado importante. las sanciones son muy elevadas, y cualquier denuncia, ya sea por su inquilino (por ejemplo que este se desgrave la renta en su declaración, y hacienda le denuncie a usted), cualquier vecino o una inspección.
le recomiendo acuda a un abogado especializado en vivienda protegida.
vivienda protegida si
pº de la castellana 12 3º izq
28046 madrid
tf 913155342
info@viviendaprotegidasi.es
www.viviendaprotegidasi.es
CONSULTA PARA TU AUTONOMÍA LA NORMATIVA DE VPO'S, NO ES DIFICIL DE ENCONTRAR.
PARA EL PLAN 2005-2008 Y POSTERIORES, NO SE PUEDE CEDER SU USO DURANTE 10 AÑOS, HAYAS RECIBIDO O NO AYUDAS. Y DESPUES DE LOS 10 AÑÓS SIEMPRE CON AUTORIZACIÓN Y VIASDO DEL CONTRATO POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN. ASÍ QUE LO MEJOR ES QUE TE ACERQUES A CONSULTARLO (OBVIAMENTE SIN INDICAR QUE NO ESTAS VIVIENDO ACTUALMENTE EN ELLA PARA EVITAR PROBLEMAS)
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