Puedo deducirme en la declacion de la renta por estar de alquiler en el supuesto que la vivienda sea vpo no declarada
Lunes, 30 Abril, 2012 - 10:21 / publicado por
amx
en el año 2011, he estado de alquiler en una vivienda de vpo. no sé si esta libre, descalificada. Me gustaría saber si puede deducirme por alquiler durante todo el año. Además, como afectaria al dueño del piso. Gracias.
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3 respuestas
añadir tu respuestaSi ha estado de alquiler y cumple los requisitos exigidos,puede acogerse a la deducción estatal y a la autonómica si procede, el dueño del piso está obligado a declarar el alquiler que percibe, si no lo ha hecho está corriendo un gran riesgo ya que la agencia tributaria ha anunciado queserá un tema preferente de inspección.
Le sugiero la lectura de mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ donde encontrará abundante información sobre el tema y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
si la vivienda no está declarada no se puede desgravar por estar en ella de alquiler, por eso, entre otras cosas, es vital que el contrato esté en regla. para más información ponte en contacto con la delegación de vivienda de tu comunidad autónoma
saludos,
elena
si usted posee un contrato de alquiler por la vivienda donde reside puede deducirse los pagos en la declaración.
otra cuestión será que no exista contrato, entonces dependerá de la existencia de justificantes de pago que acrediten que usted abona una renta por su residencia.
la cuestión sobre que este alquiler se haga incumpliendo la legislación vigente en su comunidad autónoma referente al arrendamiento de viviendas de protección, influirá en el propietario tras la comunicación, por parte de hacienda, quien se verá sometido a sanción por parte de la administración.
es muy importante, tanto para el propietario de una vivienda protegida, como para los inquilinos el conocimiento de la legislación vigente sobre arrendamiento de este tipo de viviendas. los propietarios están sujetos a un precio máximo que establecen la legislación de cada comunidad autónoma, así a determinadas condiciones contractuales. los inquilinos, según que comunidad deben estar inscritos en los registros de solicitantes de vivienda protegida en arrendamiento y son estas quien establece la adjudicación.
en caso de duda contacten con un abogado especializado en vivienda protegida, quien podrá redactarle o aconsejarle sobre la legalidad del contrato. nuestro despacho tiene dilatada experiencia en la redacción y gestión de la documentación de este tipo de contratos.
vivienda protegida si
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