Pregunta de

1 Respuestas:

Carmen
30 Junio 2013, 0:41

Hola Cristina:

Falta uno de los requisitos reales para la perfección de la compraventa, que es la entrega del objeto, es decir, la entrega de la posesión del inmueble una vez abonado el precio.

Seguramente quien se la ha adjudicado en otra subasta se haya subrogado en el préstamo hipotecario que con el precio abonado por usted se ha cancelado, cuando menos, parcialmente.

Ante tal situación deberá solicitar la nulidad del procedimiento ejecutivo de subasta y el juzgado habrá de exigir al banco la devolución íntegra de las cantidades abonadas por usted.

Sería interesante revisar el procedimiento por si del mismo se derivara alguna responsabilidad patrimonial de la administración de justicia.

Hola marnie:

Los gastos de comunidad se calculan de acuerdo al coeficiente de participación que la vivienda tenga en la finca. Ese dato se encuentra en la escritura de compraventa, en la nota simple del registro de la propiedad o en la obra nueva y división horizontal.

También deberá mirar los estatutos por si hay determinados gastos que se imputen de otra forma diferente a la aplicación del coeficiente.

Para más información y ayuda puede contactarme a través del correo electrónico que le indico a continuación.

G&g abogados es una consultora especializada en derecho inmobiliario y urbanismo, contando su titular con una larga trayectoria profesional en dichos ámbitos.

gandgabogados@gmail.com.
Carmen Giménez García.
Abogado.

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