Pregunta de

1 Respuestas:

Carmen
20 Septiembre 2013, 0:54

Hola norber007:

Puede hacer dos cosas:

A) si ya no le interesa la vivienda por lo que ha comentado, puede solicitar la resolución del contrato de arras con devolución de las cantidades entregadas por ocultación de un dato que atañe al objeto esencial del contrato, que es la propia vivienda.

B) si le interesa la vivienda puede exigir el cumplimiento de la compraventa pero al precio máximo de venta que estipula la comunidad autónoma en la que se encuentra la misma, debiendo solicitar el propietario la autorización de venta correspondiente.

Si con esta última solución el propietario es quien quiere desistir del contrato de arras, siempre y cuando las mismas sean penales o penitenciales, habrá de devolverle el doble de lo entregado.

Para más información y ayuda puede contactarme a través del correo electrónico que le indico a continuación.

G&g abogados es una consultora especializada en derecho inmobiliario y urbanismo, contando su titular con una larga trayectoria profesional en dichos ámbitos.

gandgabogados@gmail.com.
Carmen Giménez García.
Abogado y agente de la propiedad inmobiliaria.

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