Buenos días,
Encontré un piso a través de una agencia y aparte del mes corriente y el mes de fianza, tengo que pagar los honorarios de la agencia que se supone un mes corriente + iva.
Según me dijeron, ese iva podía pagarlo o no, según yo eligiese.

Ahora me dicen que lo tengo que pagar obligatoriamente y yo solo lo quiero pagar si tengo posibilidad de poder desgravarlo en la declaración de la renta, si no no me compensa.

Según la agencia, estoy obligada a pagar ese IVA pero yo no lo tengo tan claro porque conozco gente que no lo ha pagado.

¿Siendo trabajadora del régimen general y por cuenta agena, es posible desgravar como gastos estos honorarios de la agencia?
¿Es justo que ahora me obliguen a pagar ese IVA si en un principio me dijeron que lo podia pagar o no?

Entiendo que las agencias ganen dinero de esta forma pero lo que no me parece lógico es que los inquilinos nos tengamos que hacer cargo de todos estos gastos, siempre perdemos, y qué pierde quien realmente utiliza sus servicios que son los propietarios de piso que se alquila?

Por favor, me gustaría que alguien me pudiese resolver todas las dudas.

Un saludo.

Pregunta de

12 Respuestas:

Christian Deckx
26 Marzo 2015, 7:22

Buenos días,

La inmobiliaria presta un servicio a sus clientes y sus honorarios se deben incrementar con el iva correspondiente (actualmente el 21%).
Cuando Ud contrata cualquier servicio o compra cualquier producto, siempre pagará el precio más el iva. Desde la librería, pasando por el supermercado, los viajes, los fontaneros,...

Posteriormente podrá desgravar dicho iva y el gasto dependiendo de su condición: autónomo o empresa. Un particular que trabaja por cuenta ajena, no.

Otra cosa bien distinta es que ambos se ponen de acuerdo y la inmobiliaria "se olvida" de facturar. Con los riesgos que comportamiento, claro.

Que tenga un buen día.

Pero todos los precios de librería, supermercados, viajes, fontaneros, etc... ya están con el IVA diferentemente del cobro de las comisiones de una empresa inmobiliaria. Eso es legal?

Es totalmente legal, ya que los comercios te identifican el precio sin iva, el iva aplicado y el total. Si la agencia te ha explicado que es mes de renta más iva debes pagarlo. Ellos deben justificar ese ingreso ante hacienda.

Considero que esa mensualidad más IVA debería pagarlo el propietario ya que es él quien lo alquila y quien pide que se enseñe y el que pide que se gestione todo.
Una firma de contrato no vale una mensualidad más IVA.
Además hay inmobiliarias que no te cobran el IVA para que pagues en metálico para no declarlo.

Estoy de acuerdo en que la lógica indica lo que tu dices MarJ y sobre el papel "que todo lo aguanta" debería ser así. De hecho, varios de nuestros clientes pagan ellos la comisión porque entienden que debería ser así, pero pasas por un detalle, que probablemente fue lo que originó que las cosas sean como son, y es que una vivienda que sea muy demandada y tenga varias ofertas, varios pretendientes, y uno de los potenciales inquilinos le diga al agente que le traslade al propietario que para quitarse toda la competencia diga que el paga la comisión.... que pasaría entonces? muchos dirían que por quedarse con la vivienda ellos también hubieran sacrificado esa mensualidad, ya que si la dividimos en el gasto total de un alquiler que cumpla los 5 años de contrato que son muchos. Un alquiler de 1000 € con una comisión de 1000 + IVA 1210 €en un contrato de 5 años que se cumpla resulta sale a 20€al mes, es decir el 2%, que irá disminuyendo su peso cada vez que haya una subida de IPC cada año.

juan
14 Agosto 2020, 12:22

Cuando se factura el IVA aparte de un precio establecido es cuando el comprador es una empresa. Cuando el comprador es particular los precios deben incluir ya el IVA. Todos los precios de librería, supermercados, restaurantes, comercios, viajes, fontaneros, etc... llevan incluido el IVA porque va destinado al cliente final. Que no nos engañen.

Por un lado, cuando usted va a cualquiera de esos establecimientos, generalmente paga lo que está marcado en la etiqueta o balda donde se encuentra el producto, no hay negociación ni regateos, es el ofertante quien pone el precio y el demandante si esta de acuerdo lo paga y sino se va. El precio que se pone en los anuncios de viviendas sin embargo, son precios estimados, ya que rara vez suele alquilarse en el precio que se anuncia, por eso no se obliga a poner IVA y hace mas sencillo al consumidor a la hora de hacer cuentas para uno de los desembolsos mas grandes que una persona hace normalmente, mas sencillo multiplicar ese precio de alquiler por meses ( ya que solo se incrementa la comisión, no la mensualidad ni fianza ni garantias,,, etc, es cierto que puede generar confusión y que los agentes en la propia visita o en la conversación telefónica deberían avisar, pero en el precio del anuncio no es obligatorio ya que simplemente no anuncias la comisión, anuncias el piso.

Daniel
12 Junio 2021, 15:17

Parece que a día de hoy esto sigue siendo una incógnita y nos siguen engañando, haciendo que paguemos mes + iva.
Siendo particular el precio que se indica para mes en curso como fianza, debe ser ya con iva, no entiendo porque debemos pagar un 21% de mas por la cara, eso mínimo lo debería pagar el dueño del piso, que para eso contrata los servicios de la inmobiliaria. En fin... así nos va

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