esta segunda vivienda, si el dinero que me corresponda por la venta lo destinare integro al pago de parte del préstamo concendido para la vivienda habitual que compre en 2014. Es decir, es posible o no esta exención del pago de la plusvalía por el hecho de haber comprado vivienda habitual antes de vender la otra?. Gracias
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1 Respuestas:
Hola Javier:
Están exentas de plusvalías en el IRPF las reinversiones que se hagan en vivienda habitual durante los dos años posteriores o inmediatamente anteriores a la fecha de la venta de la que fuera vivienda habitual.
Es decir que si el precio que reciba por la venta de la vivienda lo reinvierte en el pago del préstamo que solicitó para la que actualmente es su vivienda habitual, y dicha reinversión se hace dentro del plazo de los dos años, no generará plusvalías a efectos del IRPF.
Para más información y ayuda puede contactarme a través del correo electrónico que le indico a continuación
G&G abogados es una consultora especializada en derecho inmobiliario y urbanismo, contando su titular con una larga trayectoria profesional en dichos ámbitos
gandgabogados@gmail.com
Carmen Giménez García
Abogado y agente de la propiedad inmobiliaria
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