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el inquilino puede cambiar la cerradura del piso de alquiler
GTRES

Cuando un inquilino se muda a un nuevo piso de alquiler siempre se plantea si debe cambiar la cerradura, ya que puede ocurrir que los anteriores arrendatarios conserven algún juego de llaves. Desde api de Cataluña recomiendan cambiarla por una cuestión de seguridad y tranquilidad. Además, indican que el nuevo inquilino tiene todo el derecho a hacerlo

Esta organización explica que el domicilio alquilado es para uso y disfrute. En este sentido, indica que se puede cambiar la cerradura sin necesidad de pedir permiso al propietario y sin informarle. Otra cosa, es que se considere oportuno y conveniente hacérselo saber para mantener una relación más positiva aunque aclaran que no es obligatorio por ley

Si se cambia la cerradura, otra de las dudas que surge es si hay que dar una copia de las llaves nuevas. La respuesta la tenemos en la legislación. La constitución española declara en su artículo 18.2 que el domicilio es inviolable

Así que siendo el piso alquilado donde vives la vivienda habitual, y no la del propietario, si éste decidiera entrar en él sin tu permiso, estaría incurriendo en un delito de allanamiento de morada. Además, el artículo 202 del código penal señala que el particular que no habite en la vivienda no podrá acceder sin consentimiento expreso. Por tanto, el propietario no tiene derecho a exigir una copia de la llave de la nueva cerradura

De hecho, si eres inquilino uno de los derechos, y probablemente el más relevante, es que el propietario no puede a acceder a la vivienda en ningún caso. Tan sólo en el momento en que el arrendador abandona el piso, y con permiso previo del arrendatario, puede entrar en la casa para comprobar el estado de la misma y realizar las reparaciones oportunas. Además, el inquilino deberá entregar las llaves al propietario, así como la cerradura anterior

¿El propietario puede cambiar la cerradura?

El arrendador no puede acceder a la vivienda sin permiso y bajo ningún concepto. Al mismo tiempo, tampoco puede cambiar la cerradura. “Es una acción completamente ilegal en la que muchos propietarios incurren cuando sus inquilinos dejan de pagar el recibo del alquiler o han hecho algún destrozo en la vivienda”, recalcan desde api de Cataluña

Precisamente, basándose en esta realidad recurrente, la ley de arrendamientos ha sido sometida a ciertas modificaciones con el fin de que el propietario no se vea en la necesidad de “tomarse la justicia por su mano” y cuente con herramientas legales lo suficientemente eficaces para poner solución a esta incómoda situación

 

 

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7 Comentarios:

C00401796
14 Agosto 2014, 14:54

No solo puede, debe.

franlopez1113-541
14 Agosto 2014, 16:39

Jajaja buenísimo. De Cataluña sólo sale caca.

elena
18 Agosto 2014, 20:09

Vaya leyes ke tenemos,siempre son los perdedores los mismos,gente honorable.

Rickie
22 Agosto 2014, 17:38

Pareciéndome razonable, lo que como arrendador haría (y haré) es añadir una cláusula en el contrato de arrendamiento por la que, en caso de que el arrendatario ejerza su derecho de cambiar la cerradura, al término del mismo deberá reponer en perfecto funcionamiento la cerradura original, salvo que en el acuerdo de resolución haya aceptación expresa de ambas partes de mantener la cerradura instalada por el inquilino (o sea, como te lo doy me lo devuelves).

¿Por qué? Porque la misma lógica que aplica el artículo respecto a inquilinos anteriores la tiene el propietario y los futuros inquilino respecto al inquilino en curso.

No creo que sea necesario añadir niguna claúsula al respecto. El piso te lo deben dejar como lo dejaste y la cerradura sólo es una pequeña parte del mismo que deben dejar en condiciones

igsatel
27 Abril 2016, 5:22

Por supuesto que sí se puede. Además es lo mas aconsejable. Ocurren robos sin violentar la cerradura en muchas ocasiones por no cambiar la cerradura en pisos de alquiler. Yo soy cerrajero y he visto muchos casos.

www.cerrajeriaprofesional.com

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