Tribunal Supremo

El Supremo se desdice: los intereses de demora de lo ganado a Hacienda tributan en el IRPF

Donde dije digo, digo Diego. Esta locución se puede aplicar al Tribunal Supremo que en apenas dos años ha dictado una doctrina y luego la contraria y en contra de los intereses de los ciudadanos. El alto tribunal señala ahora que los intereses de demora que se cobren de Hacienda tras haberle ganado en los Tribunales tributan en el IRPF. Es decir, el contribuyente que gane a Hacienda en los tribunales deberá tributar por esas ganancias.

Los intereses de demora que paga Hacienda, exentos de IRPF (y es posible su devolución)

Cuando un contribuyente gana a Hacienda un recurso o percibe una devolución de ingresos indebidos, la agencia tributaria suele reintegrar la cantidad con intereses de demora. Hasta la fecha, estos intereses debían tributar en el IRPF del contribuyente como una ganancia patrimonial, según la Dirección General de Tributos. Sin embargo, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana asegura que están exentos de tributar.

El Supremo publica su primera sentencia contra los intereses de demora abusivos

El Tribunal Supremo ha abordado por primera vez la abusividad de los intereses de demora en hipotecas, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respaldara la doctrina jurisprudencial de la Sala Primera del alto tribunal. Desde 2015 el Supremo venía considerando que, ante la falta de previsión legal sobre el control de su abusividad, el interés de demora no puede exceder el 2% sobre el interés remuneratorio. En caso de superar ese porcentaje, la cláusula sería abusiva.