Pregunta de

17 Respuestas:

merkapiso.com
9 Noviembre 2011, 16:02

Hola,la fianza de alquiler es obligatoria por ley, es una cantidad equivalente a un mes de renta y se debe depositar en el organismo correspondiente de cada autonomía. Un saludo

Hola, la ley así es, pero tampoco es ilegal pedir dos mensualidades cuando está la vivienda equipada, ya que debe valorarse aproximadamente el contenido, que será la garantía de resarcir a los daños producidos a éste, aparte del continente.

10 Noviembre 2011, 12:04

Parece ser que hay 860.000 normas en vigor autonómicas más unas 150.000 normas estatales, y sigue en vigor que el desconocimiento de las leyes no exdime de su cumplimiento, o sea que somos "piel" a merced del "aparato" legal descomunal que nos limita en cuatro o cinco dimensiones con el garrote en alto dispuesto a atizarnos cuando cuando les apetezca. ¡ Libertad libertad sin ira libertad ! Panda de gilipollas que somos !

10 Noviembre 2011, 12:26

Lo que podrias hacer para que el contrato fuese legal es cobrarles la primera mensualidad en concepto de fianza y facilitarles una carencia de un mes, poniendo en el contrato como fecha de efectos economicos el mes siguiente, de esta manera a los inquilinos solo les originaria el desembolso de un mes y una vez que se marchasen la mensualidad que tendrias depositada en el organismo correspondiente (no se de que comunidad eres) la recuperarias tu en tu cuenta.
Es la mejor solucion que se me ocurre.

27 Enero 2013, 21:05

In reply to by anónimo (not verified)

Eso de que la recuperas en tu cuenta no lo he llegado a entender:
Si el organismo te lo ingresa en tu cuenta pero tendrás que devolverselo al inquilino puesto quew fue en concepto de fianza,sino es asi podrías ezplicarlo...

10 Noviembre 2011, 12:34

Ahí la burrocracia. Los encargados de la gestión de las fianzas también tienen que comer.

Enrique
10 Noviembre 2011, 13:00

Hazme caso, cobra la fianza. No conviertas un contrato en una cuestión de confianza porque te puedes acabar llevando una sorpresa. Si son conocidos lo entenderan perfectamente, porque igual que tu te fias para no cobrarles fianza, ellos pueden fiarse de ti para que se la devuelvas.

10 Noviembre 2011, 17:24

Cualquier propietario puede ser depositario de la fianza de un alquiler. No es necesario ingresarla en un organismo que marque cualquier comunidad. Las formas jurídicas pueden determinarse por si se solicita subvención por alquiler. Pero, obligatoriamente y por ley, no creo que exista dicha obligación ni imposición. Un saludo

10 Noviembre 2011, 22:44

Cobrale la fianza por muy amigos que sean ,que aun asi te la daran con queso .

11 Noviembre 2011, 13:34

La contestación es clara "no" con arreglo a la lau.
Cada cual puede hacer lo que quiera, otra es que está al amparo de la lau si hay problemas.

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