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4 Respuestas:
Ignoro la propuesta que pueda formular la empresa que administra la urbanización a los propietarios de la Comunidad, pero lo más práctico es ejercitar la acción judicial de reclamación de cuotas comunitarias, que puede iniciarse, bien a través del Proceso Monitorio, bien a través del Procedimiento Declarativo correspondiente. En ambos casos, la expectativa de un cobro más o menos rápido, es muy alta. Convendría que contactase con un Abogado con el fin de iniciar las correspondientes actuaciones, y no dilatar en modo alguno la presentación de la demanda de reclamación de cuotas comunitarias. Adolfo Calvo-Parra y Nebra Secretario Técnico del colegio de administradores de fincas de Madrid.
Gracias por su pronta respuesta.
También puede leer:
http://www.inmodiario.com/144/12413/cuando-morosos-comunidades-propieta…
http://blog.globaliza.com/comunidad-de-propietarios-en-numeros-rojos-%c…
Discrepo con el #1 en una cosa.
Teoricamente la expectativa de cobro es muy segura, pero eso hablando de pisos con pocas cargas o ninguna.
En el caso de que la promotora tenga hipoteca sobre los pisos, cosa habitual, la hipoteca concedida sobre la entidad bancaria tiene prioridad de cobro ya que es primera inscripcion, y la deuda con la comunidad pasaria a ser segunda inscripcion, es decir, segunda posicion de cobro.
ej.: si hipoteca de 100.000, deuda con comunidad 1.000, primero cobra banco ....
Perdon corrijo -----------------
Efectivamente el que se adjudique el piso, se quedara con las cargas incluida la deuda con la comunidad, asi que es entonces cuando como tarde se cobrara. OJO con que no deba mas de 2 años de comunidad.
En el caso de subasta todo se demora mucho como usted bien sabe.
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