4 Respuestas:

vivienda_protegida_si
9 Abril 2012, 12:23

Al importe de la renta, en la mayor parte de las comunidades autónomas, limitado en el porcentaje que corresponda según la calificación de la vivienda, puede repercutirse los impuestos, tasas y gastos de comunidad. En ningún caso podremos repercutir el seguro de hogar.
Es muy importante que la redacción del contrato incluya todas las clausulas legales, así como el desglose de la renta acordada, incluidos estos gastos por Ud indicados.

Vivienda protegida si
Pº De la castellana 12 3º Izq
28046 Madrid
Tf. 913155342
info@viviendaprotegidasi.es
Www.viviendaprotegidasi.es

luis
30 Enero 2019, 16:39

Buenas, no me queda claro si los gastos de comunidad e ibi se pueden repercutir fuera del limite del precio de alquiler de la vivienda vppb o si tienen que estar dentro de este limite
un saludo

luis
16 Febrero 2019, 20:52

Buenas, sería correcto redactar la clausula de esta forma : ?
Se repercutira al arrendatario el 100% de los gastos de la comunidad de propietarios y la parte proporcional del ibi de forma mensual, sin perjuicio de la actualización que pueda corresponder en caso de cualquier variación. El arrendatario podrá solicitar los recibos correspondientes que justifican las cantidades repercutidas.

gracias

luis
19 Febrero 2019, 17:10

Me dicen en plan alquila que puedo el 90% de la comunidad y el 100% del ibi, pero no me han dicho que tenga que detallar las cantidades, a quién hago caso ?

gracias

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