Pregunta de

1 Respuestas:

pedro hernández olmo
30 Abril 2012, 17:58

Partiendo del hecho de que se trata de un supuesto sometido a la legislación Argentina, aplicando el codigo civil español parece que puede conservar las arras por incumplimento de la parte compradora.
Le sugiero la lectura de mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por Vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta