El artículo 10 de la ley 29/1994 de 30 de Noviembre prevé que, si transcurridos cinco años desde la celebración del contrato ni arrendador ni arrendatario se han notificado con al menos un mes de antelación la terminación del mismo, dicho contrato se prorrogará anualmente hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación su deseo de no continuar en el contrato.
Si ha transcurrido en su caso un tiempo superior a los 8 años podrá, como arrendador, rescindirle el contrato con un preaviso de al menos un mes a la fecha del próximo vencimiento del contrato de alquiler.
Para más información y ayuda puede contactarme a través del correo electrónico y teléfono que le indico a continuación.
G&g abogados es una consultora especializada en derecho inmobiliario y urbanismo, contando su titular con más de 28 años de trayectoria profesional en dichos ámbitos.
Mi pregunta es ... llevo viviendo 1 año en un apartamento y no pude desocupar le el día en que se me cumplió el contrato y me demore 8 días mas y el Sr. me esta cobrando esos días, mi pregunta es si tengo que pagar esos días..
Tengo arrendada una casa el inquilino lleva dos años...no hay contrato escrito ..ya le solicite la entrega de la casa..cual es el proceso para sacarlo o cuanto tiempo tiene por ley para entregar
Buenas noches quiero preguntar tengo una casa qur mi mam le alquilo a una sra venezolana esta sra a traido mucha gente a vivir a la casa antes que pasaran 15 dias mi mama le diji a la sra que porfavor le desocupara porque yo la dueña del inmueble iba a construir se le cumplio el mes el dia de hoy pero hay una vecina que les dice que le debemos dar los 3 meses para desocupar que de cierto es esto? Al cuanto tiempo deben desocupar con apenas 1 mes cumplidos hoy de vivir y no tenenos contrato fiemado
Creo que haciendo un preaviso de "x" meses es suficiente. Pero si ya hablaste con el.... Que te dijo?? Estubo receptivo?
Si tienes un piso de alquiler lo mas inteligente es hacer un contrato siempre, porque ello te puede proteger de posibles problemas. La ley funciona lentamente y los procesos judiciales pueden demorarse meses y meses antes de que se tenga un veredicto final. Esto incluso podria pasarte con contrato, pero almenos con él tienes cierta proteccion. Normalmente cuando uno alquila sin contrato lo hace en negro y fuera de las leyes. Pero luego si se tiene un problema esto tiene sus consecuencias..... OJO! Hablo por sentido comun, no me hagas caso 100% porque podria estar equivocada.
Pero en serio, siendo propietario, haz contrato. Es tu piso, si lo destrozan, si se demoran en pagos, si deciden ocuparla, no pagar o negarse a deshabitarla.... Todo esto a lo largo son problemas que te los vas a comer tu y tu bolsillo.
Buenos días Mi pregunta es llevo 6 años viviendo un departamento que cuando llegue me cobraban 1000 y le han subido 300 y en este año me fue un poco mal tuve muchos accidentes y muertes de familiares y me retrase varios meses de renta y desde el mes de noviembre quede que cada quincena pagaría de lo que yo pudiera, pero este mes me tenían que pagar el día 15 el cual dicen que hasta el día de hoy 20 de diciembre me van a pagar eso me dijeron y tampoco me han pagado mi aguinaldo pero el trato lo hice verbalmente con la Sra. pero ahora va el hijo muy prepotente y quiere que en tres dias ó una semana desaloje y si no me va a poner candado en la puerta soy una persona que no soy de ese lugar es en cardenas tabasco y mi casa es en minatitla, ver. Que me aconseja.
Mi pregunta es ... llevo viviendo 1 año en un apartamento y no pude desocupar le el día en que se me cumplió el contrato y me demore 8 días mas y el Sr. me esta cobrando esos días, mi pregunta es si tengo que pagar esos días
23 Respuestas:
Hola ssa:
El artículo 10 de la ley 29/1994 de 30 de Noviembre prevé que, si transcurridos cinco años desde la celebración del contrato ni arrendador ni arrendatario se han notificado con al menos un mes de antelación la terminación del mismo, dicho contrato se prorrogará anualmente hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación su deseo de no continuar en el contrato.
Si ha transcurrido en su caso un tiempo superior a los 8 años podrá, como arrendador, rescindirle el contrato con un preaviso de al menos un mes a la fecha del próximo vencimiento del contrato de alquiler.
Para más información y ayuda puede contactarme a través del correo electrónico y teléfono que le indico a continuación.
G&g abogados es una consultora especializada en derecho inmobiliario y urbanismo, contando su titular con más de 28 años de trayectoria profesional en dichos ámbitos.
gandgabogados@gmail.com
669820292.
Carmen Giménez García.
Abogado
https://www.facebook.com/gandghipotecas
Buenos días:
Mi pregunta es ... llevo viviendo 1 año en un apartamento y no pude desocupar le el día en que se me cumplió el contrato y me demore 8 días mas y el Sr. me esta cobrando esos días, mi pregunta es si tengo que pagar esos días..
Gracias.
Si claro... Salvo que su casero tenga la "gentileza" de "regalarle" esos días...
Pero lo normal es que no sea así y que tenga que pagarlos.
Tengo arrendada una casa el inquilino lleva dos años...no hay contrato escrito ..ya le solicite la entrega de la casa..cual es el proceso para sacarlo o cuanto tiempo tiene por ley para entregar
Tengo un caso similar y me gustaría saber si se procede judicialmente o hay que esperar la orden emanada del juez.
Buenas noches quiero preguntar tengo una casa qur mi mam le alquilo a una sra venezolana esta sra a traido mucha gente a vivir a la casa antes que pasaran 15 dias mi mama le diji a la sra que porfavor le desocupara porque yo la dueña del inmueble iba a construir se le cumplio el mes el dia de hoy pero hay una vecina que les dice que le debemos dar los 3 meses para desocupar que de cierto es esto? Al cuanto tiempo deben desocupar con apenas 1 mes cumplidos hoy de vivir y no tenenos contrato fiemado
Buenas tardes, es importante tener en cuenta tener un contrato por escrito, para mayor información http://www.propiedadesyproyectos.com.co/blog/2018/02/07/que-es-un-contr…
Creo que haciendo un preaviso de "x" meses es suficiente.
Pero si ya hablaste con el.... Que te dijo?? Estubo receptivo?
Si tienes un piso de alquiler lo mas inteligente es hacer un contrato siempre, porque ello te puede proteger de posibles problemas. La ley funciona lentamente y los procesos judiciales pueden demorarse meses y meses antes de que se tenga un veredicto final. Esto incluso podria pasarte con contrato, pero almenos con él tienes cierta proteccion. Normalmente cuando uno alquila sin contrato lo hace en negro y fuera de las leyes. Pero luego si se tiene un problema esto tiene sus consecuencias..... OJO! Hablo por sentido comun, no me hagas caso 100% porque podria estar equivocada.
Pero en serio, siendo propietario, haz contrato. Es tu piso, si lo destrozan, si se demoran en pagos, si deciden ocuparla, no pagar o negarse a deshabitarla.... Todo esto a lo largo son problemas que te los vas a comer tu y tu bolsillo.
20 de diciembre del 2013 siendo las 10;47
Buenos días
Mi pregunta es llevo 6 años viviendo un departamento que cuando llegue me cobraban 1000 y le han subido 300 y en este año me fue un poco mal tuve muchos accidentes y muertes de familiares y me retrase varios meses de renta y desde el mes de noviembre quede que cada quincena pagaría de lo que yo pudiera, pero este mes me tenían que pagar el día 15 el cual dicen que hasta el día de hoy 20 de diciembre me van a pagar eso me dijeron y tampoco me han pagado mi aguinaldo pero el trato lo hice verbalmente con la Sra. pero ahora va el hijo muy prepotente y quiere que en tres dias ó una semana desaloje y si no me va a poner candado en la puerta soy una persona que no soy de ese lugar es en cardenas tabasco y mi casa es en minatitla, ver. Que me aconseja.
Mi pregunta es ... llevo viviendo 1 año en un apartamento y no pude desocupar le el día en que se me cumplió el contrato y me demore 8 días mas y el Sr. me esta cobrando esos días, mi pregunta es si tengo que pagar esos días
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta