Nueva ley de arrendamientos urbanos - ¿válida para contratos de 2011?
Lunes, 20 Agosto, 2012 - 15:17 / publicado por
ElInquilino
Buenas,
En MArzo de 2011 firme un contrato con mi casero con las cláusulas habituales. Según la ley "anterior" (o actual), debo de mantenerme en el piso durante un año, y si quiero dejar la vivienda deberé de avisar con un mes de antelación con respecto a marzo (es decir, en febrero).
Según la nueva ley de arrendamientos urbanos el inquilino puede informar de su intención de marcharse en cualquier momento, sin necesidad de que se alcance el año desde el establecimiento del contrato.
¿esto ya está vigente? ¿afectará al contrato que ya tengo firmado, o siempre se mantendrán estas condiciones? ¿Cuándo entrará en vigor la nueva ley? (si es posible, referencia al BOE donde aparece, porque lo he buscado pero no me aclara nada).
Muchas gracias,
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3 respuestas
añadir tu respuestahola elinquilino,
el cambio del que hablas está aún en anteproyecto de ley, por lo que hasta que no se apruebe en consejo de ministros no será válido
si tú has firmado el contrato según la lau actualmente en vigor, las condiciones que te aplicarán durante toda la vida del contrato serán las actualmente aplicables: duración de un año y preaviso de un mes respecto a ese plazo para abandonar la vivienda. te dejo este artículo en el que se detalla más la información: ¿afectan a los contratos vigentes los cambios anunciados en el alquiler de viviendas?
saludos,
elena
estoy alquilada en una casa donde me cobran un alquiler excesivo para la ubicacion geografica que tiene la vivienda sin hablar de lo pequeña que es su dueño no me hizo contrato y quiere desalojarme en diciembre porque va a poner un negocio en dicha vivienda eso es legal a donde puedo dirigirme para poder deferderme de esta injusticia por favor necesito orientacion
AUNQUE NO EXISTA CONTRATO ESCRITO, SI ESTÁS VIVIENDO ahí y pagando el alquiler, existe un contrato verbal, siempre hay formas de demostrarlo, pago mediante transferencia o si es en mano con recibo, contratos de luz, tf, agua a tu nombre..lo más recomendable es poner el asunto en manos de un abogado, privado o de oficio para que defienda tus derechos.
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