nueva ley e indemnizaciones al dejar el piso antes de finalizar el contrato.
Jueves, 26 Julio, 2012 - 10:37 / publicado por
miriam
Hola!
En diciembre alquile un piso y firme una clausula (que entendÍ AL REVÉS POR ERROR) QUE ME OBLIGABA A INDEMNIZAR AL PROPIETARIO DE MI PISO CON EL PAGO DE UN MES POR CADA AÑO QUE MARCHARA ANTES DE FINALIZAR EL CONTRATO. esta clausula seguira siendo vigente o podria ser considerada a abusiva despues de la nueva ley. ESTARIA OBLIGADA A REALIZAR EL PAGO DE ESTA INDEMNIZACION AL DEJAR EL PISO?
gRACIAS.
compartir esta pregunta
¿de qué va esto? los gestores de información son páginas web que permiten compartir, difundir, clasificar, valorar o guardar contenidos en internet
- publicar en menéame
para que la gente vote la pregunta
- retwittear pregunta
para que tus seguidores la lean
- compartir en facebook
para que tus amigos lean la pregunta
¿te ha parecido interesante?
- guardar esta pregunta en mi blog
podrás acceder a ella desde tu página
¿cómo funciona el consultorio?
"busca ayuda y resuelve dudas a los demás". ése es el lema del consultorio de idealista news, un espacio abierto para que cualquiera (particular o profesional) lance sus preguntas y/o resuelva dudas a los demás de forma gratuita
en algunos foros existen lo que denominamos "expertos avalados por idealista.com", que son profesionales conocedores de cada materia y que colaboran debidamente identificados
¡participa!
estadísticas de esta pregunta
- 533 lecturas
- 4 comentarios
otras preguntas
- alquiler 3982
- compra venta 4705
- fiscalidad 3148
- hipotecas 2046
- vivienda protegida 1260
- otros temas 403
ver todas las preguntas 15544


4 respuestas
añadir tu respuestabuenas,
si no es mucho preguntar, por cuanto tiempo has firmado el contrato de arrendamiento?
"sólo serán aplicables a los contratos que se firmen tras la entrada en vigor de la nueva normativa." por tanto la nueva ley no tiene caracter retroactivo.
saludos !!
te añado esto por si te aclara algo más! cualquier duda por aquí, saludos!!
Artículo 11. Desistimiento del contrato.
En arrendamientos de duración pactada superior a cinco años, podrá el arrendatario desistir del contrato siempre que el mismo hubiere durado al menos cinco años y dé el correspondiente preaviso al arrendador con una antelación mínima de dos meses.
Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año de contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
Hola
gracias por la respuesta, el piso lo alquile por periodo de 5 años, el problema es que mi empresa ha entrado en proceso de liquidación y posiblemente me quedé antes sin trabajo, entonces me gustaría dejar el piso antes de no poderles pagar el alquiler, pero con esta indemnizacion tampoco me seria posible hacerlo, esa es mi preocupación.
Gracias.
hola ayuda por favor mi contrato de arrendamiento, termina el próximo 1 febrero de 2013 y me he quedado sin trabajo le he comunicado a mi casero que tengo que dejar el piso con un mes de antelación, y el tío va ha meter a un inquilino nuevo el día 28 de de septiembre la pregunta es??? el tendría que devolverme el dinero de la fianza?? y los días restantes para terminar el mes??? el cual se acabaría el día 5 de octubre de 2012
por ayúdenme que ya no se que hacer me hace falta el dinero gracias!!!!!!!!!!
añade tu comentario