¿ Debo devolver el doble de la fianza, aunque yo no sea culpable de que no se venda mi piso?
Martes, 31 Agosto, 2010 - 18:35 / publicado por
maribel
Por medio de una inmobiliaria, vendo mi piso en julio, pero ahora resulta que por un error del banco, no puedo venderlo, ellos metieron la pata y ahora la inmobiliaria me reclama el doble de lo que me dio a la que se lo vendi. Por favor respuestas urgentes, mañana debo devolverles la señal, pero el doble, cuando yo quiero vender, el banco ahora me dice que tengo un problema y que no puedo, pero cuando lo puse en venta me dijeron que se podia vender.
Es una larga historia, pero el problema es el que os cuento, debo pagarles el doble, o como yo no he tenido culpa les doy lo que me dieron.
otra cosa, la inmobiliaria me dice que me demandara, a quien demando yo, con los bancos no se puede luchar. gracias Maribel
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añadir tu respuestaLo primero ver el contrato que tienes tu y la Inmobiliaria y el contrato de compraventa de la vivienda, si es de CV., si es de arras penitenciales o si es de Opcion de compra y sobre todo, quien firmó ese contrato. Despues ya se verá.
ver el contrato.....pero no hagas caso a la inmobiliaria, ella era la que tenía que revisar tu inmueble, la posibilidad de venta, ellla ha hecho el contrato de arras que te ha hecho recibir un dinero a cuenta, la inmobiliaria en teoría era tu garantía de suponer que se hacía bien.........lo más seguro que se quiere embolsar algo....si hay amenzas, poco razón tiene, si quiere ir al juzgado que vaya, ello le costará dinero.........quién más habla, más prisas tiene..menos razón lleva.
Además no hay plazos determinados por ley, ni para firmar el contrato de compraventa definitivo, ni para devolver el dinero......el potencial comprador puede tener intención de comprar, pero porque sepa conchavao con la inmobiliaria que ahora no se puede vender el piso.
Será un caso delicado, supongo que tú mismo debes de saber el caso y quién puede tener razón, por amenazas no te guies, ni porque tenga que duplicarse el dinero hoy tampoco, porque de plazos no hablará el contrato de arras o precontrato...ni contendrá todas las condiciones que debe cumplir este tipo de contrato.
las arras son un compromiso (contrato) entre vendedor y comprador, son muy sencillas de redactar y gestionar, y la ley es muy clara. Dejar meter las narices a una inmobiliaria en los contratos de arras, es dejar entrar al zorro en el gallinero. la inmobiliaria debe cobrar su porcentaje sobre el precio final de compraventa, y punto. Si no se vende, ellos no cobran, pero si la inmobiliaria es la representante del vendedor y en su nombre hizo el contrato, y en el contrato dice que de no vender en un plazo se devolverán las arras duplicadas, pues a pagar toca. todo lo pone en el contrato, igual que si el comprador no compra en el plazo estipulado (por ejemplo, no consigue financiación) pierde el dinero entregado en arras.
el resto de problemas con el banco, son problemas con el banco, y los tiene el vendedor, no la inmobiliaria.
no entiendo porque siempre se pone a la inmobiliaria como la mala de la pelicula. Yo no tengo nada que ver con ellas pero por ecperiencia hay algunas que hacen muy bien su trabajo. El trabajo de la inmobiliaria deberia repartirse en 2 , cuando encuentra el cliente y se redactan los contratos y la otra parte cuando se firma finalmente la compraventa ante notario. La inmobiliaria no tiene obligacion alguna a parte de pedir una nota simple y asegurarse de quien son los dueños de la casa de hacer ninguna gestion adicional para ver si se puede vender la casa a no ser en los supuestos anteriores y no se puede quedar sin cobrar (por lo menos parte) por un trabajp ya realizado.
Os doy las gracias a todos, de verdad, entiendo que si me hubiera echado para a tras por algun otro motivo ( ahora no lo quiero vender, tengo otra persona que me paga mas) lo entendería, pero aqui ha sido problema del banco, que en un principio dijo una cosa y luego otra, creo que no debo pagar el doble de fianza, ya que yo aqui no he tenido culpa, y las inmobiliarias, si en este no han ganado, ya venden otro, pero creo que la ley si esta asi no la entiendo, cuando yo quiero vender, es el banco el que ha puesto el inconveniente.
Kike, estoy de acuerdo contigo, cuando hay culpa entre el vendedor el comprador, pero no debemos pagar los errores de los gigantes, porque tendriamos las de perder, no tengo miedo en decirle al banco que ellos han metido la pata, y que se las den ellos, pero no, ellos se quedan impolutos ante estas situaciones, y creedme, el banco ha sido el culpable de que mi vivienda no se haya vendido, aqui somos dos perdedores, la inmobiliaria, por supuesto, y yo.
Esta mañana he ido a devolverles la señal, me han puesto de vuelta y media, les he dicho que me denuncien, les he dicho que denuncien al banco, me da lo mismo, creo que no llevan razón en este tema, creo yo, aunque detrás de todo este mundo del ladrillo, hay mucha carroña y carroñeros-
Gracias de verdad por contestarme, es una situación delicada.
Otra cosa, les he dicho que me pusieran en contacto con la compradora, le diría que no ha sido culpa de ninguna ( Ni de inmobiliaria, ni mia) madre mia, se han puesto hechos unos fieras, deben pensar que siempre no van a ganar, ya ganan bastante con la operación de la venta, y cuando no les sale algo bien, sacan
el animal que llevan dentro.
maribel
Buenos dias kike.
de los tres comentarios que he leido es el que mejor criterio tiene.
pero una preguntita
tu cuando te duele algo vas al medico?
cuando se te estropea el coche vas al taller?
si no tienes luz llamas al electricista ?
y cuando quieres vender un piso que pasa que vas a un restaurante?
pues no vas a una inmobiliaria.
entoNces por QUE es meter el zorro en al gallinero?
cuando alguien quiere vender un piso va a una inmobiliaria que sea profesional y le soluciona todo perfectamente.
esta señora se ha fiado de su banco y su banco Ha metido la pata, ahora que pagUe el doble de lo entregado que es lo que corresponde y demande a su banco, pero claro no lo podra demostrar, asi que ARREMETE contra la inmobiliaria.
que no es asi que cada uno apechugue con lo que le toca. la mala fama la tienen las inmobiliarias pero son bastante perores estos señores que se hacen llamar BANQUEROS
Buenos días, soy un profesional inmobiliario y me hace gracia ver como algunas personas siguen generalizando EN sus experiencias con nuestro sector como es el caso del usuario km; EN PRIMER LUGAR HAY QUE DEFINIR CORRECTAMENTE EL PROBLEMA EN CUESTIÓN ES DECIR, UN ERROR DE MI BANCO......EN QUE SENTIDO,YA QUE LA INMOBILIARIA EN ESE CASO POCO PUEDE HACER A NO SER QUE EL CLIENTE ESPECIFIQUE EXPRESAMENTE LOS INCONVENIENTES DE VENDER SU CASA, QUE ME IMAGINO SERÁN UN ERROR DE CÁLCULO EN LA HIPOTECA PENDIENTE SOBRE SU CASA Y CON LA OFERTA FIRMADA NO CUBRIRÁ DICHOS GASTOS.eN SEGUNDO LUGAR UN PROFESIONAL INMOBILIARIO SIEMPRE SOLICITA PERSONALMENTE EN EL REGISTRO UNA NOTA SIMPLE DE LA VIVIENDA PARA VER EL ESTADO DE CARGAS,AFECCIONES,SI ES VIVIENDA PROTEGIDA O RENTA LIBRE ..... ETC NO POR EL CLIENTE SINO POR LA INTEGRIDAD DE LA INMOBILIARIA EN SI(SABEMOS LO QUE VENDEMOS O NO?
FINALIZANDO ,HOY MÁS QUE NUNCA SÍ HACEN FALTA LOS PROFESIONALES DEL SECTOR PARA GESTIONAR CON MAYOR GARANTÍA EL CORRECTO DESARROLLO DE LA VENTA Y PARA LOS CONTRATOS DE ARRAS SI QUEREMOS TENER MÁS SEGURIDAD PEDIMOS LA OPINIÓN O MODELO A UN ABOGADO QUE PARA ESO ESTÁN.
UN SALUDO Y ESPERO QUE SOLUCIONE ESTE CONTRATIEMPO LO ANTES POSIBLE.
Una pregunta, Maribel.
Que problema te da el banco, para no poder vender el piso?
creo que saber esto es fundamental
Pero como puedes ser tan irresponsable dando este consejo?? Acaso has leido el contrato de arras?? Si no sabes lo que dices lo mejor es que te calles.
Lo que tienes que hacer es ponerte en manos de un abogado que entienda y te asesore al respecto. No hagas caso de los comentarios absurdos que algunos inconscientes dejan aqui plasmados.
Un saludo.
Creo desde mi humilde opinión, que la gente cuenta las situaciones hay que valorarlas, en el momento que el vendedor recibe una entrega a cuenta del inmueble que desea vender, adquiere unos compromisos que estoy segura que vienen estipulados en el contrato, no hay razón por la que el banco se niegue a vender el piso, si tu el día de la escritura cancelas contablemente la hipoteca con el dinero que recibes del comprador, los bancos quieren cobrar su deuda hipotecaría, otra cosa es que tengas más deuda que el precio que vendes el inmueble, pero esto es responsabilidad del vendedor.
El articulo 1454 del código civil dice. " Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanandose el comprador, a perderlas, o el vendedor a devolverlas por duplicada"
antes de meterte en camisas de once varas, llega un acuerdo, antes que un pleito, que no sabes como vas a salir parada.
Un saludo y que te salga bien.
Deberías contactar con un abogado y explicarle el problema antes de pagar nada.
El contrato de arras penitenciales penaliza a quien se eche atrás en la operación. Si es el propietario tendrá que rembolsar al comprador con el doble de la cantidad entregada como señal en su día por el comprador.
Además la inmobiliaria ha tenido que asegurar todos los pasos para poder poner a la venta la propiedad si el Banco es quien estima que no se puede vender debería de haberlo notificado antes de la realización de ese contrato de arras.
Aparentemente la inmobiliaria ha realizado bien su servicio que era encontrar un comoprador para su vivienda y realizar los tramites para la venta.
Muchas gracias de verdad, PERO EL CASO ES EL SIGUIENTE, NO PONGO EN DUDA LA PROFESIONALIDAD DE LA INMOBILIARIA, DE TODAS LAS MANERAS ELLA, HIZO BIEN SU TRABAJO, se encargó de ir al registro y pedir la nota simple, allí le dijeron que estaba hipotecada con 90mil€, fui a mi banco,y me contestó que se podía vender, e incluso fué a la inmobiliaria personalmente a decirles que estaba todo en regla, a los pocos dias, es el banco el que dijo que había sido un error, y que tendria que pagar antes ESOS 90MIL€ para poder vender, les dije que no tenia esa cantidad, que dejaran vender y luego ellos cogerían ese dinero, pero dijeron que no, que primero debia de pagarlos, ¿ Quien es el culpable?, lo siento por la persona que compro y ahora tiene que comprar otro, pero que conste que yo no voy a pagar un dinero cuando la culpable no he sido yo, es hora de que los bancos que son los culpables de toda esta crisis, paguen por sus errores, y se que no lo haran
lo bueno de todo esto es que la inmobiliaria en todo momento ha sabido el por qué no se ha podido vender la vivienda, que conste que el director fue el que me dijo que la vendiera, se equivocó, lo siento por la compradora que entiendo que no tiene culpa ninguna, pero yo tampoco, de verdad, por eso he hecho la pregunta en el foro.
y que conste que hay inmobiliarias muy profesionales y buenas personas, pero otras, dejan mucho que desear, y es un negocio, no siempre se gana, tambien hay que saber perder, simplemente es lo que siento, y muchas gracias por vuestros comentarios. maribel
El problema no estará en que pretendes vender el piso por debajo del precio de la hipoteca?
si es lo que dices el banco no tiene potestad alguna para dejarte vender tu casa ya que la cancelacion hipotecaria se hace en el mismo momento de la escritura de compraventa ante notario. Hacen una transferencia desde la cuenta de los compradores via banco de españa y aqui paz y despues gloria. Al banco eso ni le va no le vien a no ser que hay otra causa.
HOLA MARIBEL,MI NOMBRE ES MANUEL RUIZ.SI EL PROBLEMA ES TUYO,BIEN POR QUE LA HIPOTECA NO TE LA CONCEDAN O POR QUE NO LO QUIERES,HAY QUE PAGAR EL DOBLE.SI ES DEL PROPIETARIO,TEMA DE REGISTRO,ALGUN TIPO DE PROTECCION O ALGUN PROBLEMA INTERNO CON EL PISO,QUE SE HAYA QUEMADO,INUNDADO,HERENCIA ETC...EL PROBLEMA ES DE EL PROPIETARIO.LA INMOBILIARIA HACE LA GESTION DE PONER EN CONTACTO VENDEDOR Y COMPRADOR Y REALIZA SU TRABAJO,POR LO TANTO HAY QUE PAGARLES.
Os vuelvo a repetir, que las inmobiliaria hizo bien su trabajo, muy bien, vendió el piso que era de lo que se trataba, que aqui fué el banco el que cometió el error, ¿ Debemos pagar los errores de los que supuestamente saben mas que nosotros?
la inmobiliaria fue la que vio la carga, el banco fue el que dijo que se podía vender, no es mio el problema ni de la inmobiliaria, que les reclamen al banco, pero es mas fácil ir a por el pobre y desvalido, siempre con amenazas y miedos conseguirán algo, los bancos tienen poco que perder en estos casos, ellos se lavan las manos, gracias, y veo que hay dispares de contestaciones, lo que tengo claro es que no voy a devolver algo que me pertenece, porque la culpable no he sido yo, lo siento por la inmobiliaria y por la compradora, me consta que pronto tendrá otro piso que poder comprar. saludos Maribel
SIEMPRE QUE SE HACE UN CONTRATO,HAY PLAZOS,ES VERDAD QUE LA INMOBILIARIA TIENE QUE SABER COMO ESTA ESE PISO,PERO A LO MEJOR NO SABIA ALGO MAS INTERNO DEL PROBLEMA DE ESE PISO.DE TODAS FORMAS EL TRABAJO DE UNA INMOBILIARIA ES LA VENTA,CONTACTO VENDEDOR Y COMPRADOR,LA PROPIETARIA ES LA QUE LE DEBE DE EXIGIR QUE ESTE TODA LA DOCUMENTACION EN CONDICIONES ANTES DE FIRMAR CUALQUIER DOCUMENTO.HABRIA QUE SABER CUAL ES EL PRONLEMA REAL,MUCHAS VECES LOS PROPIETARIOS SE INVENTAN HISTORIAS,LOS MALOS DE LA PELICULA SIEMPRE NO SON LA INMOBILIARIAS.
creo que ocultas información maribel, si el banco no te deja vender es por algo. En cualquier caso deberás reclarmar al banco y demostrar que ellos sean los culpables.
ESTAS TOTALMENTE EQUIVOCADO,LOS CONTRATOS DE ARRAS SON SENCILLOS,PERO MUCHAS VECES SE PERSONALIZAN,LA INMOBILIARIA A HECHO SU TRABAJO QUE ES VENDER,POR LO TANTO AUNQUE NO SE REALICE LA VENTA LA INMOBILIARIA SI VA A JUICIO GANA.
sin ver el contrato es dificil pronunciarse sobre el tema, no obstante si se tiene un contrato de arras penitenciarias, te obliga a devolver las cantidades recibidas como vendedor y en el caso de que el comprador se hubiera echado atras el comprador perderia la cantidad entregada en el contrato. esto es así por la causa que pueda tener el vendedor o el comprador.
EN CUANTO A LA INMOBILIARIA NO TIENE RESPONSABILIDAD NINGUNA PUES SIN CONOCER EL CASO POR EL QUE EL BANCO NO LLE PERMITE LA VENTA LOS DATOS SOBRE PERSONAS NO SE LE DAN A NADIE QUE NO SEA LA PROPIA PERSONA A NO SER QUE LA INMOBILIARIA HAYA ENTERVENIDO CON EL COSENTIMIENTO ESCRITO ES DECIR UN PODER PARA EJERCER COMO SI FUERA EL VENDEDOR, SOLO EN ESE CASO TENDRÍA RESPONSABILIDAD, COMO MUY BIEN A ESCRITO EN OTRA RESPUESTA, SOLO SE TIENE QUE CONSULTAR EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD QUE ES PÚBLICO, DECIR TAMBIEN QUE LA INMOBILIARIA HA HECHO EL TRABAJO PARA EL QUE SE LE CONTRATA QUE ES BUSCAR UN COMPRADOR, POR CONSIGUIENTE PUEDE RECLAMAR AL VENDEDOR DE LA VIVIENDA SU COMISION POR GESTION DE VENTA DEL ENCARGO ESTABLECIDO.
HOLA MI NOMBRE ES MANUEL RUIZ,ESTOY TOTALMENTE DE ACUERDO CONTIGO,ESTOS QUE PONEN VERDE A LA INMOBILIARIAS,COMO SI TUVIESEN LA CULPA DE TODO SON UNOS IGNORANTES.MUCHAS VECES LOS PROPIETARIOS LIAN TANTO LAS HISTORIAS QUE ELLOS METEN LA PATA,ADEMAS DE ESO HAY CADA CANTAMAÑANAS EN LOS BANCOS Y CAJAS QUE MUCHOS NO CONOCEN NI SUS PRODUCTOS.
LE DAS LA RAZON A KIKE POR QUE TE LA DA A TI,YA SABEMOS COMO ERES,NO HAY QUE PERDER MAS EL TIEMPO CONTIGO.
Agentes de la Propiedad Inmobiliaria.-Asesoran en materia de vivienda, aunque tras la liberalización del sector aumentan los abusos
Las asociaciones de consumidores recomiendan al cliente realizar personalmente la operación, sin intermediación alguna.
La principal misión de un API es la de servir de intermediario al usuario para cualquier cuestión relacionada con la vivienda. "Su misión es la de escuchar, antes de informar, lo que busca el cliente", afirma el presidente del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Vizcaya, José Ramón Gorostiza.
Una vez conocidos los pormenores, el agente ofrece su formación y experiencia para proponer sistemas de financiación favorables en una futura operación. Considerando que una casa es uno de los bienes más importantes en cualquier economía familiar, "un API acompaña al cliente hasta la notaría y le ofrece su ayuda para resolver inconvenientes que se puedan producir antes de estampar la firma", explica Gorostiza.
Sin embargo, esta función en apariencia sencilla, no se cumple siempre, porque no todos los que actúan en el sector inmobiliario son especialistas técnicamente formados y preparados.
relaciones con la clientela
Art. 2 El API debe informarse de todos los hechos esenciales relativos a cada propiedad para la que accede un mandato, con objeto de poder cumplir su obligación de evitar los errores, la exageración, la falsa presentación o la disimulación de hechos esenciales.
Art. 9 El API no debe ejercer las funciones de consejero jurídico, y debe recomendar la intervención de un abogado cuando los intereses de una y otra de las partes lo exijan.
---Art. 10 Para la protección de todas las partes interesadas, el API debe cuidar que las obligaciones financieras y los compromisos que se refieran a las transacciones inmobiliarias se fijen por escrito, expresando los acuerdos que hayan intervenido entre las partes, y que todos los extremos de dichos acuerdos figuren en el momento de la firma.
hay algo que no cierra. el banco no puede exigir la cancelación previa de la hipoteca. simplemente debería darte un certificado de cuál es la deuda al día de la Escritura y el comprador se encarga de cancelarla vía Banco de españa. el banco no puede prohibirte la venta, simplemente exigirá que le canceles la hipoteca. una pregunta: el piso lo vendías por menos de 90.000 euros?
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