Subrogacion
Viernes, 2 Marzo, 2012 - 10:01 / publicado por
nosecomo
Mi padre ha muerto y yo convivia con el desde siempre y tenia un piso en alquiler.Me dicen que a los dos años el contrato quede rescindido.
Vivo sólo y en este piso habiamis vivido con mi madre y hermanos.El alquiler es de hace unos 35 años.
Un saludo
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4 respuestas
añadir tu respuestaefectivamente, salvo que tenga una minusvalía igual o superior al 65%, el contrato quedará extinguido a los dos años del fallecimiento.
Llame al 807 520 008 para consultarme directamente. Precio llamada: (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
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Que legislación existe para la implantación de comunidades de prefabricados en España, o bien la estatal, o si existe la autonómica de andalucía, en concreto de Cádiz y Almería. Gracias.
sobre los comentarios de abogados se saltan el punto 8 de la disposicion transitoria segunda de 1994 ley que entro el dia 1 de enero 1995 si se ha surgrogado en los diez años. quiere decir antes del dia 1 de enero 2005 habla que esperar hasta el fallecimiento del subgrogado no 2 años si es despues 2 de enero 2005 si son dos años.
sobre los comentarios de abogados se saltan el punto 8 de la disposicion transitoria segunda de 1994 ley que entro el dia 1 de enero 1995 si se ha surgrogado en los diez años. quiere decir antes del dia 1 de enero 2005 habla que esperar hasta el fallecimiento del subgrogado no 2 años si es despues 2 de enero 2005 si son dos años.
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