El Supremo aclara cuándo empieza la deuda con la comunidad tras comprar una vivienda subastada
Cuando se adquiere una vivienda en subasta judicial es frecuente que surja una duda clave: ¿desde cuándo debe el nuevo propietario hacerse cargo de las deudas con la comunidad de propietarios? El Tribunal Supremo ha fijado doctrina sobre el momento en el que el adjudicatario de un inmueble en subasta pasa a ser deudor frente a la comunidad. Según el alto tribunal, no comienza con la firma de la escritura pública ni con la inscripción en el Registro de la Propiedad, sino con la adjudicación judicial del inmueble.