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¿Cómo afectan a caseros e inquilinos los cambios fiscales en el alquiler?

Artículo escrito por Alfredo García, experto de alquiler protegido

El gobierno pretende equiparar la compra de vivienda al alquiler y para ello ha decidido sacrificar los incentivos fiscales de los que disfruta el alquiler tanto para arrendadores como para arrendatarios. Según las medidas aprobadas recientemente, en relación al anteproyecto de ley de reforma fiscal, y que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2015, inquilinos y propietarios verán perjudicadas, e incluso suprimidas, sus deducciones por alquiler de vivienda

No obstante, el anteproyecto recoge un ‘periodo transitorio’, ya que la eliminación de las deducciones solo se aplicará a alquileres firmados a partir del 1 de enero de 2015, por lo que la supresión únicamente afectará a nuevos alquileres. Esto quiere decir que inquilinos y propietarios con contratos de alquiler anteriores a esta fecha podrán seguir beneficiándose de las deducciones en su declaración de la renta de 2014. No será así para quienes firmen un contrato a partir del 1 de enero del próximo año.

¿Cómo le afecta al arrendador?

Oficinalmente el ministerio de hacienda comunicó inicialmente que la desgravación para los caseros se reduce en 10 puntos porcentuales pasando del 60% de la renta al 50%. Sin embargo, en consejo de ministros Mariano Rajoy ha señalado que el gobierno mantendrá la deducción del 60% por alquiler a propietarios

En el caso de que el inquilino sea menor de 30 años, los ingresos dejarán de estar exentos de tributar, ya que la reducción pasará del 100% a la mitad, eliminándose, por lo tanto, la diferenciación por edad. Así, se contempla un 50% de deducción para ambos casos.

¿Cómo le afecta al arrendatario?

El gobierno ha suprimido la deducción por alquiler de vivienda. Desde el 1 de enero de 2008, los contribuyentes se podían deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, siempre que su base imponible fuera inferior a 24.107,20 euros anuales y hasta un máximo de 9.040 euros anuales

Esta deducción no tenía límite de edad y era de carácter exclusivamente estatal, es decir, compatible con la deducción que ofrecen casi todas las comunidades autónomas. Algunas de ellas  siguen manteniendo la deducción por alquiler en el tramo autonómico; es el caso de Madrid, que ya ha anunciado que seguirá contemplando este beneficio fiscal para los menores de 35 años

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5 Comentarios:

franlopez1113-541
31 Julio 2014, 10:44

La exención del 100% que existía para los arrendadores, era para inquilinos menores de 30 años, no de 35 ; lo limitaron hace 4 años, ahora quitan la exención del 100% para ese caso.

jumbo750
1 Agosto 2014, 15:44

No queda claro: en el párrafo 1 dice "la eliminación de deducciones a contratos firmados desde 1/1/2015", y en el último que "a los inquilinos desde 1/1/2008 se podían deducir el 10,05%".

javilero
5 Agosto 2014, 9:18

Lo que deberían hacer es quitar esa desgravacion y bajar los impuestos.

rocio
5 Agosto 2014, 22:16

Alquiler con derecho a compra es interesante

Alex
17 Diciembre 2014, 11:51

Bueno, primero hay que bajar los impuestos !

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