Artículo escrito por Pedro Hernández, abogado y ex secretario de la cámara de la propiedad urbana
Es de sobra conocida la necesidad, casi obligación, de pagar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (itp) en las ventas de viviendas, sobre valores estipulados por el fisco.
Cuando se compra una vivienda de segunda mano, tanto a una inmobiliaria como a un banco o a un particular, hay que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales, el llamado itp.