
La reforma fiscal del gobierno contempla la eliminación a partir de 2015 de dos coeficientes que reducen la tributación por las ganancias obtenidas en la venta de inmuebles. Pero hay tres colectivos que se salvan del pago de más impuestos: quienes tienen intención de reinvertir la cantidad obtenida por la venta en la compra de otra vivienda; quienes venden una vivienda habitual, y quienes realizan la venta de una casa y compran otra en el plazo de dos años
Cuando una persona vende un inmueble se puede generar una ganancia patrimonial o plusvalía por la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra. Dependiendo del valor de esa plusvalía en la venta de una vivienda, pagará más o menos impuestos. La reforma fiscal (que se está debatiendo en el congreso de los diputados) contempla la eliminación de dos coeficientes que reducen la tributación: el coeficiente de abatimiento y el coeficiente de corrección monetaria
Los coeficientes de corrección monetaria actualizan valores de compra de bienes diversos y tienen en cuenta la inflación. A efectos de tributación, hasta ahora no eran los mismo 80.000 euros de hace 40 años que 80.000 euros de ahora. En la ley de presupuestos generales del estado se aprobaba cada año una tabla en la que se definían esos coeficientes aplicados según la venta del inmueble en años anteriores a 1994. Con la reforma fiscal ya no será así
Los coeficientes de abatimiento son una figura compleja que permite reducir la ganancia producida en la venta con relación al paso del tiempo. Se aplican a través de una fórmula que permite disminuir parte de las plusvalías en las ventas de bienes adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994
Este coeficiente, en el caso de los inmuebles, reduce en un 11,11% la ganancia por cada año de tenencia desde la compra hasta 31 de diciembre de 1994. La ganancia de una vivienda comprada el 31 de diciembre de 1989 puede reducirse en un 55,55%. Solo mengua la ganancia producida hasta el 20 de enero de 2006 y el resto tributa entero
Así, los siguientes colectivos deben vender su casa comprada antes de 1994 para no perder los beneficios fiscales acumulados: quienes no venden una vivienda habitual; quienes no tienen intención de reinvertir la cantidad obtenida en la venta en la compra de otra y quienes realizan la venta de una casa pero agotan el plazo de dos años para comprar otra
Por poner un ejemplo, tengamos en cuenta una casa comprada en 1989 por el equivalente en pesetas a 80.000 euros y vendida el 1 de julio de 2014 por 500.000. El vendedor hoy pagará en impuestos aproximadamente 29.000 euros menos (aplicando los coeficientes) que si vendiera la casa en enero de 2016, una vez aplicada esta reforma
8 Comentarios:
Los coeficientes de abatimiento son una figura compleja que permite reducir la ganancia producida en la venta con relación al paso del tiempo. Se aplican a través de una fórmula que permite disminuir parte de las plusvalías en las ventas de bienes adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994
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Si 1.000 euros de ahora (166.386 pesetas) son a toooooodos los efectos como 100.000 pesetas de hace unos años, debido a la inflación, el supuesto incremento de 100.000 a 166.386 no es, repito, no es una plusvalía. O sea, que primero nos roban nuestros ahorros (eso es lo que hace una devaluación) y ahora pretenden además que tributemos por unas ganancias que no son reales. ¿Eso es constitucional? ¿A qué se dedica el defensor del pueblo?
18o alquileres
A que quieres que se dedique, el defensor del pueblo?
Imaginatelo solo,lo que quieras
Pues a eso se dedica
A trabajar, el no sabe lo que es eso
Rogelionuñez
Tambien dice que si te compras una antes de 2 años esta exento, si es vivienda habitual y si eres mayor de 65
A cambiar las obras y que los notarios coman mariscadas como antes?
O no?
Si tienes una vivienda con mucha plusvalía (ganancia patrimonial) y no quieres dejarte robar por el Sr. montoro puedes hacer lo siguiente:
Si el inmueble está en una comunidad donde se paga poco por el impuesto de donaciones, puedes donarlo a tus hijos en 2014, pagarás de acuerdo a la ley fiscal actual y ya tus hijos la pueden vender en 2015 sin obtener ninguna plusvalía.
Los inmuebles más perjudicados por la reforma son los más antiguos que habrán sido comprados por personas que ahora tengan edad cercana a los 65 años. Estos pueden esperarse a cumplir los 65 y dedicar el importe de la venta a una renta vitalicia, si te esperas a los 70 mucho mejor, pagas menos impuestos de esa renta.
También puedes hacer que la vivienda que quieres vender sea tu vivienda habitual llendote a vivir en ella tres años y habitandola más de 183 días al año, después la vendes cuando tengas 65 años y no pagas nada de impuestos sin necesidad de hacer la renta vitalicia anterior.
Y si no tienes interés en vender, dejala en herencia a tus hijos y te ahorras también el impuesto que en caso de padres a hijos sule estar exento o ser muy inferior al irpf de la base imponible del ahorro.
Es decir, que la jugada del montoro puede suponer recaudar bastante menos y demorar el pago con lo que estos años recaudarán menos que dejándolo como está.
La inseguridad fiscal en este pais es uno de los problemas para que haya inversión.
Desastre! no saben como fastidiar mas lo que ya esta fastidiado! Que pocas ganas de invertir, para que?, necesitamos aires nuevos.
Indican Uds que el efecto de vender por € 500.000 en 2014 (en lugar de en 2016) una casa comprada en 1989 por el equivalente € 80.000 euros sería un ahorro de aprox. 29.000 euros; por favor, revisen sus cálculos pues el ahorro sería mucho mas (mas bien 50.000 que 29.000) !
Y si vendo una casa por menos de lo que la he comprado? Por ejemplo, vendo una casa que me costó 340.000€ en 2004 y la vendo en 2015 por 300.000€ por la crisis. El estado me paga la minusvalía en vez de cobrarme la plusvalía?
Dan el ejemplo de que no cobran la plusvalía si se compra una casa con el dinero de la venta de una casa vendida hace menos de 2 años. ¿Y si en vez de comprar casa, la edifico? ¿Y si edifico no donde he vendido la casa (por ejemplo España) sino en otro país europeo (por ejemplo Francia)?
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