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El Supremo deja en evidencia a Hacienda: las valoraciones inmobiliarias de sus peritos no son reales

El Tribunal Supremo ha sacado los colores a la Administración tributaria al tumbar una de sus prácticas más habituales: la de comprobar valores con el fin de intentar exigir a los contribuyentes el pago de unos impuestos más altos.

En el ejercicio de sus funciones de control y revisión, en numerosas ocasiones Hacienda ha modificado al alza el valor asignado por el contribuyente a una operación inmobiliaria, como por ejemplo la compraventa de un inmueble.

Para ello, la Administración tiene a sus propios peritos que se encargan de realizar una nueva valoración y que, según el Tribunal Supremo, se está realizando bajo unos criterios poco ortodoxos y poco realistas.

En una sentencia, con fecha del pasado 18 de enero y bajo el número de recurso 3379/2014, de la que se hace eco el despacho Ático Jurídico-Salcedo Abogados, el Alto Tribunal ha asestado un duro golpe al método de dictamen de peritos que usa la Administración Tributaria contemplado en el artículo 57.1.e de la Ley General Tributaria 58/2003, que se basa en tasar los inmuebles basándose solamente en los precios de mercado o en los valores catastrales.

Este 'modus operandi' ni siquiera lleva aparejada una visita física del perito al inmueble, por lo que no tenía en cuenta aspectos tan importantes como el estado de conservación o las calidades de edificación.

“Siempre se había criticado la falta de motivación de dichas comprobaciones de valores y el hecho de que al contribuyente se le incrementaba el valor declarado en base a estudios de mercado a los que no tenía acceso y en los cuales se hacía referencia a tablas, estadísticas e informes igualmente desconocidos para él”, sostiene el despacho Salcedo Abogados.

¿Y qué piensa el Supremo de todo esto? En su sentencia condena la práctica y prepara el camino para que se anulen las liquidaciones dictadas usando este método de valoración. En concreto, el Alto Tribunal cree que esta valoración pericial es, en realidad, una simbiosis de diferentes métodos y que, por tanto, no cumple los criterios necesarios de ser una valoración singular, genérica y objetiva.

Según el Supremo, cuando la Administración realice una mezcla demétodos valorativos, estos deben ser únicamente utilizados para fundamentar la tasación, pero no para aplicarlos automáticamente y pretender así obtener el valor real que, no lo olvidemos, es la base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Por ello, asegura el despacho, “cuando se empleen bajo el paraguas del dictamen de peritos varios métodos es necesario realizar una valoración individualizada, que es lo contrario a la aplicación del valor catastral o de los precios medios del mercado. Así pues, la Administración deberá razonar la aplicación de dichos precios medios de mercado, o del valor catastral, lo que en la mayoría de los casos le obligará a una inspección personal del bien a comprar”.

De hecho, el Supremo entiende que la comprobación de valores y la liquidación practicada se considerarán inmotivadas, y por tanto se anularán, si no se aportan al contribuyente los estudios o dictámenes que se han tenido en cuenta en la valoración, mientras que es imprescindible la visita del perito al inmueble.

En definitiva, insiste Salcedo Abogados, esta sentencia es un duro golpe al método del dictamen de peritos, tal y como lo entiende y practica la Administración. “Y es que no es de recibo engañar al contribuyente diciéndole que se ha realizado un informe pericial cuando el perito ni siquiera ha inspeccionado el bien que valora, sino que en realidad lo único que ha hecho ha sido realizar ligeras correcciones a valores genéricos como los obtenidos del Catastro o de la estadística de precios de mercado”, concluye.

 

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16 Comentarios:

Natàlia
29 Marzo 2016, 14:39

Interesante noticia. Encuentro a faltar, sin embargo, la referencia a la sentencia, esto es, el número y fecha de la sentencia o el número del recurso contencioso-administrativo.

Saludos.

Si. Seria bueno el numero de referencia. Tal vez pueda asi ayudar a mi madre de una multa de 160,000 euros por tratar de separar un piso en dos en Palma de Mallorca. El perito uso este metodo para dar una multa exagerada de 160,000 euros y le han embargado todo el capital del banco a mi madre. Estamos buscando cualquier ayuda ante esta injusticia. Gracias

jOSEMANUEL
29 Marzo 2016, 15:00

Ya se irán descubriendo las practicas mafiosas de Hacienda. Hasta ahora han sido unos protegidos, pero les gusta demasiado meter la mano en bolsillo ajeno al interpretar las leyes a su antojo. Funcionan como los recaudadores de la época medieval, con tendencia a la injusticia.

vicente medina
29 Marzo 2016, 16:53

no me extraña ,solo les falta el pasamontañas...

chancletero
29 Marzo 2016, 22:16

ole ole y ole. ya iba siendo hora.

chibus
1 Abril 2016, 18:10

Ya era hora. Hacienda era juez y parte en sus valoraciones. El tema es si devolverá todo el dinero que ha obtenido con prácticas nada ajustadas a derecho.

jose
1 Abril 2016, 18:30

La verdad es que se veia venir, y yo como afectado de ua de esas paralelas, sempre me he preguntado por qué un grupo de gente no se unia y elevaba el abuso a Europa. La forma de hacer paralelas y de cálculo a groso modo por testigos está claro que es un abuso de Hacienda. En mi caso por ejemplo la superficie catastral estaba mal, culquiera que hubiera visitado la vivienda se habria dado cuenta, pero hacienda intentaba colar su "tasacion" con la superficie catastral. Todas estas valoraciones de Hacienda están viciadas y son arbitrarias, no respetan la presunción de inocencia de los ciudadanos, y olvidan que es Hacienda la que debe probar que el contribuyente no ha pagado lo que toca, por tanto no deberia ser el contribuyente el que se vea obligado a hacer una pericial contradictoria de verdad, sino ser Hacienda a que envíe, y bajo su coste, si quiere, un tasador a la vivienda. Es un claro abuso, que debería elevarse a Europa.

A mi me llegó una carta de Hacienda comunicándose que tenía que pagar 1300 e. Yo me compré un dúplex y me ponían 120m2, y realmente son 74m2 utiles, la sorpresa que se llevaron fue que de 1,50 m para abajo no se considera metro útil. Así que Hice unas fotos con las alegaciones, las presente y me tuvieron que anular el pago porque no correspondía.

Como no van a verlo eso pasa.

Miguel
1 Abril 2016, 18:59

Estoy pagando ese atraco mensualmente, ya que de golpe no podía. Lo fuerte es que el funcionario de hacienda de consellería, con cara de no haber roto un plato, me dijo que era injusto pero que tenía que pagar porque nadie había ganado un recurso en ningún tribunal...- menudo HP.
Sabe alguien los pasos a seguir para reclamar que me devuelvan lo pagado?

A mi madre de 72 anos tambien le han atacado con esta tecnica y le estan obligando a pagar una multa de 160,000 euros por dividir su piso en Palma de Mallorca. Atacan a una pobre anciana que vive en un piso de 5 habitaciones. Que hace una anciana sola en un piso de 5 habitaciones??? Lo logico seria dividirlo para uso de familias pequenas. Lo hizo com le sugerieron y al ano despues sorpresa y multa.... Y han embargado el poco dinero que tenia en el banco. Esto es practicamente un robo y abuso a una anciana.

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