La certificación energética ya cuenta con un régimen sancionador contemplado en una disposición de la ley de rehabilitación que se ha publicado hoy en el boe y que entrará en vigor mañAna. Las infracciones serán leves, graves o muy graves y las multas Irán de 300 a 6.000 euros. Por ejemplo, será caso de infracción publicitar la venta o alquiler de una vivienda sin hacer mención a su calificación de eficiencia energética o exhibir la etiqueta energética sin el formato y contenido mínimo legal
Tal y como se contempla en la disposición adicional tercera de la ley de rehabiltiación, regeneración y renovación urbana, los sujeros responsables de las infracciones en materia de certificación energética serán tanto personas físicas, como jurídicas o comunidades de bienes. El organismo encargado de sancionar será el correspondiente a cada comunidad autónoma (ccaa). Recordamos que son las ccaa las competentes en esta materia tal y como lo detalla el real decreto por el que se aprueba el certificado energético
- Infracciones muy graves:
A) falsear la información en la expedición o registro de certificados de eficiencia energética
B) actuar como técnico certificador sin reunir los requisitos legalmente exigidos para serlo
C) actuar como agente independiente autorizado para el control de la certificación de la eficiencia energética de los edificios sin contar con la debida habilitación otorgada por el órgano competente
D) publicitar en la venta o alquiler de edificios o parte de edificios, una calificación de eficiencia energética que no esté respaldada por un certificado en vigor debidamente registrado
E) igualmente, serán infracciones muy graves las infracciones graves previstas en el apartado 4, cuando durante los tres años anteriores a su comisión hubiera sido impuesta al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción
- Infracciones graves:
A) incumplir las condiciones establecidas en la metodología de cálculo del procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios
B) incumplir la obligación de presentar el certificado de eficiencia energética ante el órgano competente de la comunidad autónoma en materia de certificación energética de donde se ubique el edificio, para su registro
C) no incorporar el certificado de eficiencia energética de proyecto en el proyecto de ejecución del edificio
D) exhibición de una etiqueta que no se corresponda con el certificado de eficiencia energética válidamente emitido, registrado y en vigor
F) vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor o arrendador entregue el certificado de eficiencia energética, válido, registrado y en vigor, al comprador o arrendatario
G) igualmente, serán infracciones graves las infracciones leves previstas en el apartado 5, cuando durante el año anterior a su comisión hubiera sido impuesta al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción
- Infracciones leves:
A) publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades de edificios que deban disponer de certificado de eficiencia energética sin hacer mención a su calificación de eficiencia energética
B) no exhibir la etiqueta de eficiencia energética en los supuestos en que resulte obligatorio
C) la expedición de certificados de eficiencia energética que no incluyan la información mínima exigida
D) incumplir las obligaciones de renovación o actualización de certificados de eficiencia energética
E) no incorporar el certificado de eficiencia energética del edificio terminado en el
Libro del edificio
F) la exhibición de etiqueta de eficiencia energética sin el formato y contenido mínimo legalmente establecidos
G) publicitar la calificación obtenida en la certificación de eficiencia energética del proyecto, cuando ya se dispone del certificado de eficiencia energética del edificio terminado
H) cualesquiera acciones u omisiones que vulneren lo establecido en materia de certificación de eficiencia energética cuando no estén tipificadas como infracciones graves o muy graves
En cuanto a las sanciones, las infracciones serán sancionadas de la forma siguiente:
A) las infracciones leves, con multa de 300 a 600 euros
B) las infracciones graves, con multa de 601 a 1.000 euros
C) las infracciones muy graves, con multa de 1.001 a 6.000 euros
Ver la guía sobre el certificado energético
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12 Comentarios:
Propietarios
Ignoran que el Gobierno se dispone a aprobar una nueva Ley de Rehabilitación que obligará a los propietarios de viviendas usadas a gastarse hasta el 50% de lo que costaría derribar y reconstruir sus edificios [o lo que es lo mismo, prácticamente sin límite] en hacer en éstos las obras de rehabilitación que el Gobierno disponga y el Ayuntamiento acuerde, en el momento que éste decida, incluso contra la voluntad de todos los propietarios afecados, y que incluirán al menos, las de eficiencia energética, accesibilidad, rehabilitación estructural, refacción de instalaciones, etc, y que el propietario que no pueda o no quiera pagar será expropiado o embargado y expulsado de su vivienda sin indemnización.
No saben que España es un país comunista en el que el Derecho de propiedad es una mera apariencia legal y el marxismo la ideología que inspira las políticas en materia de suelo y vivienda.
No saben dónde se meten. Que no les pase nada!
Que te jodan marianico, has superado a zapatero, eres el peor presidente de la historia de la democracia española
Mucho meter miedo al personal y hablar mal de las inmobiliarias y luego resulta que no se puede subir la etiqueta energética a los anuncios porque viene en formato pdf y los portales inmobiliarios no aceptan ese formato,..., hay que joderse y luego halan de falta de profesionalidad,..., de los demás.
El certificado es una artimaña mas para tener controlado al que alquile en negro
¿Y los vecinos que tenemos encima de nuestra casa y al lado apartamentos turísticos? ¿Que hacemos nos seguimos marchando de nuestras casas para poder dormir? ¿Seguimos aguantando los ruidos y molestias que generan los grupos de turistas que vienen y ván? Basta!!! Pisos turisticos en fincas de vecinos no!!! Si fuese hacienda, yo revisaría finca a finca de este país, y controlaría quien entra y sale. En los alquileres de apartamentos turisticos, alquileres de habitaciones, en hostales, pensiones y hoteles ilegales, entra y sale muchisima gente que escapa al control de la policia y del "fisco". Sancionaría como en badalona con "500000" euros, los pisos patera, y con toda la buena tajada de dinero que sacara de todo esto, incentivaría a las empresas a contratar, e incentivaría a los emprendedores. El problema principal es que hacienda está perdiendo mucho dinero. Los apartamentos turisticos en edificios de vecinos tienen que prohibirse. Son muy ruidosos y molestos son hoteles pirata sin normas, sin recepción sobreocupados. Todos deberían de regularse en el mismo bloque con recepción-vigilancia, y no compartiendo vivienda con vecinos que residen habitualmente en una finca. Molestan mucho. En los hoteles legalizados, existe una recepción que echa a los turistas molestos y les dicen que entren despacio cuando lleguen a altas horas de la noche. En los "hoteles turísticos" de edificios de vecinos, se ponen muy rabaneros los turistas, cuando les dices que deseas dormir. La recepción tendria que decirles que tienes derecho al descanso para que no tengas que estar llamando cada dos por tres a la policia. Los turistas de los edificios de vecinos suelen ser bastante bestias, se suelen alimentar de cervezas, bocadillos, cacahuetes y de vino de cartón "don Simón". Los hoteles legalizados, están insonorizados. Los "pisos turísticos" cuando están en edificios de vecinos, no están preparados para tal fin. Yo no viajo nunca, no tengo dinero, y estoy "orgulloso" de no viajar nunca, y de no tener dinero. ¡¡¡Pero tengo derecho al descanso!!!! La gente solo se preocupa por sus intereses y no les preocupan los problemas de los demás. Argumentos que utilizan para defender los apartamentos turísticos: propietarios: "es que de esta manera mucha gente que no tiene dinero viaja, por que no tiene medios para alojarse en hoteles" la realidad, es que los propietarios que alquilan este tipo de "hoteles pirata" ganan mucho "dinero" y no les preocupa si sus turistas molestan con ruido o no, o si vienen de países donde cumplen normas y aquí en España se desmadran.... los propietarios son unos egoístas, que solo piensan en sus intereses. Empresas que alquilan apartamentos turísticos de propietarios: "es que tenemos que meter en un piso a muchos turistas" la realidad, es que de esa manera, sobre-ocupando pisos, los precios son también mas baratos. Se meten mucha gente en un piso por menos dinero y no les preocupa si sus turistas molestan con ruido o no. "Es que no nos gustan los pisos bajos". La realidad, es que ellos defienden sus intereses económicos, y defienden que los turistas tengan derecho a molestar. Y en un edificio de vecinos, si alojan a turistas en pisos bajos, en los pisos de arriba, los vecinos que residen de forma habitual puede molestar a sus turistas. Y los turistas tienen derecho a molestar pero a los turistas no se les puede molestar. Las empresas, que alquilan este tipo de hoteles son unos egoístas que piensan solo en sus intereses económicos. Personas que están de acuerdo: "es que nosotros no vamos a decir al propietarios a quien debe de alquilar o no". La realidad, es que este tipo de persona se alojan en "hoteles piratas" y no quieren que se regulen. Son personas que no tienen ni un duro, ni donde caerse muertos, quieren aparentar que son "muy pijos". Y como la mayoría "viaja" ellos como buenos borregos sociales, no van a dejar de hacer lo mismo, aunque sea costa de comer bocadillos. Este tipo de personas, también son unos egoístas como la copa de un pino, no son nada solidarios y piensan en sus intereses, hasta que les pasa a ellos, y si les pusieran un "hotel pirata" encima de su casa, entonces si, pondrian el grito en el cielo y entonces si reclamarían que todo el mundo les apoyase...
Será caso de infracción publicitar la venta o alquiler de una vivienda sin hacer mención a su calificación de eficiencia energética
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Pues en este portal ... ¡Casi todos!
JAjajaja.... muy bueno!!
Jjaaaa
Arquisolutionscanarias:estamos deacuerdo que solo los especialistas son los que deben realizar este tipo de trabajos.
Www.arquisolutionscanarias.com
Todavía no he visto que multen a nadie.
Igual que lo tener la fianza del alquiler depositada en el órgano correspondiente.
Aquí los primos somos los que vamos de legal.
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