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Seguro que conoces a alguien que le ha pasado: una cooperativa que pide más dinero a sus socios por un incremento del precio de la obra, una promotora que repercute al propietario final el retraso de las obras o un particular al que un constructor le pide más dinero por el encarecimiento de los materiales que está instalando en su chalet nuevo. Pero, ¿es legal que un constructor incremente el precio ya cerrado de una obra? según el Tribunal Supremo no lo es.

La respuesta, según explica el blog del despacho Ático Jurídico Salcedo Abogados citando una sentencia del Tribunal Supremo, es que quien se compromete a llevar a cabo la construcción de un edificio u otra obra por un precio pactado no puede incrementar el precio aunque se haya aumentado el coste de los jornales o los materiales.

El Supremo únicamente justifica la variación al alza de un precio cerrado y consensuado por ambas partes en el caso de que “se haya hecho algún cambio en el plano que produzca aumento de obra, siempre que hubiese dado su autorización el propietario”.

En el caso concreto que expone Ático Jurídico, una constructora interpuso una demanda contra la promotora de una urbanización de 64 viviendas, a la que reclamaba el incremento de costes de la obra.

Tras ser desestimada en primera y segunda instancia, el Supremo ha considerado que nunca se produjo la autorización del propietario respecto a variación alguna en la obra. El Alto Tribunal español considera que “quien contrata una obra a precio alzado, a la vista de un plano convenido con el propietario de un suelo, no puede pedir luego aumento de precio”.   

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