Donación o herencia son dos vías para transmitir bienes con particularidades y diferencias: conócelas y elige la más conveniente
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Donar o heredar casa
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Son muchas las personas que se preguntan qué es mejor, donar o dejar en herencia, especialmente cuando se trata de transmitir bines de gran valor, como es el caso de una vivienda. Lo cierto es que, como veremos, no existe una respuesta única, ya que la tributación de este tipo de operación depende en gran medida de la normativa de cada comunidad autónoma.

Para que salgas de dudas y sepas cómo valorar la transmisión de inmuebles de padres a hijos, te contamos todos los detalles sobre herencia o donación de viviendas.

Diferencia entre herencia y donación en vida

Lo primero que debemos tener claro es cuál es la diferencia entre herencia o donación. La gran distinción entre estos dos modos de transmitir el patrimonio a nuestros hijos u otros familiares es que mientras que la donación tiene lugar en vida, la herencia solo puede tener lugar con motivo de fallecimiento del causante.

Por tanto, si donamos estaremos transmitiendo la propiedad de un bien inter vivos y, en caso de herencia, se tratara de una transmisión mortis causa

Ambas operaciones se encuentran sujetas al llamado impuesto de sucesiones y donaciones. Sin embargo, aunque se trate de un único tributo regulado en una misma ley estatal, cada una de estas opciones supone una carga fiscal distinta. Cada comunidad autónoma cuenta con un amplio margen a la hora de crear incentivos para determinados tipos de transmisión.

Además, como veremos, existen otros dos impuestos asociados a sucesiones y donaciones: IRPF y plusvalía municipal.

¿Qué impuestos debes pagar por herencia o donación?

La transmisión de bienes mediante herencia o donación está sujeta a distintos impuestos. Son los siguientes:

Impuesto de sucesiones y donaciones

En ambos casos el sujeto pasivo es la persona que adquiere, hereda o recibe mediante donación el inmueble. Habrá que estudiar las bonificaciones aplicables en cada momento teniendo en cuenta dónde se debe tributar en función de la operación.

IRPF

En cuanto al impuesto sobre la Renta, su pago recae sobre quien transmite el bien. En transmisiones mortis causa no se declarará nada por este concepto. Sin embargo, en caso de donación con plusvalía, se deberá declarar la ganancia patrimonial en la Renta.

Plusvalía municipal

En cuanto al impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, este tributo se regula a nivel local y se aplica en aquellos casos en que exista un incremento de valor de dicho terreno (no así cuando su valor haya descendido o permanezca igual). Su abono corresponde a quien recibe el bien en herencia o donación.

Donar o heredar
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Herencia o donación, ¿cómo se ahorra más dinero en impuestos?

Es imposible conocer si conviene más herencia o donación sin tener en cuenta los detalles concretos de la operación.

En el caso del impuesto sobre sucesiones y donaciones, las comunidades autónomas suelen detenerse en aspectos como el grado de parentesco entre quien recibe y quien entrega la herencia o donación, la edad, ciertas características personales del receptor (como algún grado de discapacidad) o del bien (por ejemplo, transmitir una vivienda habitual) a la hora de diseñar incentivos.

Es frecuente que las transmisiones de bienes de padres a hijos se encuentren bonificadas, tanto en caso de donación como de herencia, reduciéndose los incentivos a medida que el grado de parentesco se aleja.

En el caso concreto de la herencia o donación de inmuebles, ten en cuenta lo siguiente:

  • En la herencia de vivienda, el impuesto se liquida en la comunidad autónoma donde residía el fallecido -donde tuviera su residencia habitual durante el mayor tiempo de los últimos cinco años anteriores al momento del fallecimiento-, independientemente de dónde vivan los herederos o de la ubicación del inmueble
  • En caso de donación de vivienda, el impuesto se liquida en la comunidad autónoma en la que se ubique el inmueble

Teniendo en cuenta estos factores, tocará analizar los diferentes escenarios que pueden resultar de aplicación, así como la política fiscal en cada caso para comprobar qué opción resulta más económica.

Es posible que, en caso de que la comunidad de residencia y la de localización del inmueble no coincidan, la autonomía de residencia cuente con bonificaciones y no ocurra lo mismo en la autonomía de localización, y viceversa. 

Como muestra de las diferentes políticas fiscales en materia de sucesiones y donaciones a nivel autonómico, Canarias ha aprobado una bonificación del 99,9 % para hijos, cónyuges, tíos y sobrinos. Otras que también lo han hecho, a raíz de las últimas elecciones autonómicas, han sido Comunidad Valenciana y Baleares. 

En cuanto al IRPF, habrá que atender a las diferencias autonómicas, en caso de que existan, si bien en este caso no tendremos mucho margen de maniobra, ya que deberemos tributar necesariamente en la comunidad en la que se encuentre nuestro domicilio fiscal o residencia habitual.

Por lo que respecta a la plusvalía municipal, tributarás según la del municipio en el que se encuentre el inmueble. Por tanto, no existe demasiado margen para reducir tu factura fiscal por este concepto.

¿Qué es más barato, una herencia o una donación?

Teniendo en cuenta todo lo anterior, lo más aconsejable es analizar cada normativa o bien acudir a un asesor fiscal que pueda plantear los distintos escenarios a los que te enfrentarás y su coste concreto en el momento actual.

Además, hay que permanecer atento a posibles cambios normativos y tendencias. Por ejemplo, en la actualidad son muchas las comunidades autónomas que han decidido 'eliminar' el impuesto de sucesiones y donaciones para los grados de parentesco más cercanos, pero esta tendencia puede cambiar en el futuro.

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