
Pese a que el pasado mes de mayo un juzgado de San Sebastián fue el primero en considerar que el impuesto de plusvalía municipal podría ser inconstitucional cuando se vende una casa ‘en pérdidas’, lo cierto es que aún se sigue pagando, aunque a muchos les pese. Cada vez más contribuyentes que compraron un inmueble en el momento álgido de la burbuja, y lo venden ahora, se plantean impugnar una tasa que grava un incremento de valor que muchos consideran ficticio.
Sin embargo, según recoge el blog Ático Jurídico de Salcedo Abogados, un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid ha afirmado que el “valor” de un terreno, que es la expresión que se utiliza en la ley, no es lo mismo que su “precio”. Es decir, que si un contribuyente adquirió una propiedad en 2008 y la vendió en 2015 por un precio inferior al de compra, esta circunstancia no significa necesariamente que el terreno haya perdido valor.
Pese a todo, la misma sentencia reconoce que el resultado obtenido entre el precio de compra y el precio de venta es un elemento útil –aunque no definitivo– para poder determinar si ha existido incremento de valor de un terreno atendiendo al aspecto económico y real.
Además, el mismo juzgado expone que la Administración no es quien debe probar el incremento de valor, “dado que la normativa del impuesto, especialmente en lo que se refiere a la base imponible, presupone la existencia de incremento de valor del terreno transmitido en el momento del devengo”, según explican los abogados de Ático Jurídico.
Es decir, la necesidad de probar la pérdida de valor recae sobre el contribuyente. Y no lo tendrá fácil. Una de las posibles pruebas a aportar –la más común– es la escritura de compraventa del inmueble. En ella se hace constar el precio pagado en el momento de adquirir el inmueble y la cantidad obtenida de la venta.
Esta prueba carecería de valor si, como apunta Ático Jurídico, “la Administración aportase alguna documentación que cuestionase los precios consignados en las referidas escrituras, como pudiera ser una comprobación de valores realizada al inmueble”. Esta circunstancia obligaría al contribuyente a aportar documentación adicional para demostrar la ausencia de incremento de valor.
Por eso desde el despacho de Salcedo Abogados recomiendan analizar todas estas cuestiones antes de iniciar la impugnación del impuesto de plusvalía municipal “para evitar llevarse un susto y perder un asunto que se creía ganado”.
12 Comentarios:
es de necios confundir valor con precio.
¿Si?, pues dime que ley dice cual es el "valor" de un bien.......
Real Decreto 1020/1993: norma 3: metodología general de su Anexo: “Para el cálculo del valor catastral se tomará como referencia el valor de mercado, sin que en ningún caso pueda exceder de éste. Dicho cálculo se realizará de acuerdo con lo preceptuado en las presentes normas técnicas”.
El valor de mercado debe entenderse como "el valor previo que habrían fijado partes independientes en igualdad de circunstancias de tiempo, lugar, objeto y condiciones contractuales, siendo sus formas de determinación la ecuación costes más beneficios, los ingresos en operaciones sustantivamente similares, el coste de reposición de los bienes, etc." En este sentido se expresan el TSJ Extremadura 31/05/05, el TEAC 16/03/05, y la DGT 30/09/03
La doctrina reiterada del TS asume que el valor de mercado es:
"el precio que está dispuesto a pagar el mercado en situación de libre competencia por el bien transmitido."
valor es lo que tu piensas que te te podrían pagar por un bien que posees y que quieres vender. precio, lo que al final te pagan por ese bien.
No solo en compra/venta. En herencia te meten unos clavos que te dejan frío por algo que en muchos casos solo supone que hay una persona menos en casa. Terrible la sangría de esta admon. insaciable.
Valor y precio son dos caras de la misma moneda. Ese juez/jueza no sabe lo que dice. Lamentable
El truco es que no lo aclaran, asi tienen la sarten por el mango para poder sangrar al ciudadano...
Esta administracion que tenemos es confisca dora. Esto de la plusvalía municipal, como el IBI, como el ITP es un atraco. Todo ello para pagar sueldos de gente que no hace falta pero que los han enchufado "digitalmente"
Es que cuando se vende un inmueble no se pagan ya suficientes impuestos para además pagar este de la plusvalía municipal que no hay quien razonablemente lo conciba.??? Administraciones central, autonómica y municipal ladronas!!!!
Son como hienas
Buenos días: En las escrituras debe solicitarse la discriminación del precio de venta entre el terreno y la edificación, utilizando los valores catastrales, valores anteriores de compraventa y el arreglo entre comprador y vendedor. De esta manera habría una solución al problema. Es normal contable y económicamente que el 30% del valor de compraventa corresponda al terreno. Ademas hay que votar a Partidos que propongan la eliminación del impuestos a las herencias y al IBI (hay que tener en cuenta que se ha pagado el impuesto a las transmisiones patrimoniales) y la bajada de impuestos en general.
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