Plusvalía Municipal
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La plusvalía municipal tras vender o heredar una casa: plazos para pagar y sanciones por no hacerlo
Muchas personas se preguntan si es posible ahorrarse la famosa plusvalía municipal tras vender o heredar una vivienda sin incurrir en problemas fiscales. Y la respuesta es que este impuesto hay que liquidarlo siempre que haya un incremento de valor de los inmuebles de naturaleza urbana cuando se produce una transmisión. Repasamos los plazos que hay para pagar, los errores más comunes que se suelen cometer y qué sanciones se pagan en caso de no abonarlo o de hacerlo tarde.
El Supremo fija los efectos sobre liquidaciones firmes de IBI, caso de que se anule el valor catastral
El Tribunal Supremo, en sentencias recientes, ha aclarado los efectos que tiene la anulación, total o parcial, del valor catastral sobre las liquidaciones firmes en impuestos tan habituales en la vivienda como el IBI o la plusvalía municipal. Recordamos que los contribuyentes pueden recurrir o modificar los valores catastrales que se le notifican ante el Catastro, mediante la subsanación de discrepancias, o de rectificación de errores.
Los Ayuntamientos ganan por goleada la batalla de la plusvalía municipal
En los últimos días hemos conocido unas importantes sentencias del Tribunal Supremo que han cerrado la puerta a la posibilidad de declarar la nulidad de pleno derecho de las liquidaciones firmes de plusvalía municipal. Es decir, aquellas que no fueron recurridas en plazo. Pocos temas importantes quedan ya por resolver en relación con la polémica generada por este impuesto. En opinión de José María Salcedo, socio de Ático Jurídico, los Ayuntamientos han ganado, por goleada, la batalla de la plusvalía municipal.
Plusvalía municipal: el Supremo descarta su devolución si la liquidación del impuesto es firme
El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a todos aquellos contribuyentes que tenían la esperanza de que se les devolviera el pago de la plusvalía municipal con la venta de un inmueble, pese a no haber recurrido en su momento la liquidación firme del Ayuntamiento correspondiente. En concreto, el Alto Tribunal afirma que no procede la nulidad de las liquidaciones firmes de la plusvalía pagada tanto en una venta a pérdidas como en ganancias.
El Supremo impide recuperar la plusvalía pagada si no se recurrió en su momento, pero sólo en algunos casos
El Tribunal Supremo ha decidido declarar que no es posible recuperar lo pagado de más por la plusvalía municipal mediante una liquidación que no se recurrió en su momento, tanto si se vendió un inmueble en pérdidas o con ganancias. Es decir, ha decidido que no se pueden recurrir las liquidaciones firmes de plusvalía si la nulidad se basa en la lesión de los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional.