Mayores de 65: la donación del 50% de la vivienda también puede quedar exenta
Sabemos que donar una vivienda tiene importantes consecuencias fiscales, pues aunque no se produzca una venta ni se reciba dinero, a ojos de Hacienda puede generar una ganancia patrimonial para quien transmite el inmueble. Pero la situación cambia cuando el propietario tiene más de 65 años y el inmueble es su vivienda habitual. En estos casos, la Ley del IRPF establece una exención que puede evitar la tributación. La Dirección General de Tributos (DGT) se ha pronunciado en una consulta vinculante sobre un caso muy concreto: un mayor de 65 que quiere donar a su cónyuge la mitad de su vivienda. Confirma que no es necesario transmitir la totalidad de la vivienda habitual para aplicar la exención fiscal.