Una sentencia recuerda la importancia de notificar correctamente las subidas del alquiler
¿Puede un casero subir el alquiler automáticamente si el contrato lo permite? Una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid acaba de aclarar que, sin notificar previamente al inquilino, la actualización de la renta no puede ser exigida. Y es que no basta con que el contrato incluya una cláusula de revisión: el arrendador debe activar ese mecanismo cumpliendo con la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La renta actualizada solo puede exigirse desde el mes siguiente a su comunicación, de modo que el arrendador no puede reclamar con efectos retroactivos las correspondientes a periodos en los que no notificó la subida conforme a la ley.





