Un tribunal avala cobrar un recargo del 20% a un vecino moroso
Un vecino deudor puede tener que pagar algo más que las cuotas pendientes si la comunidad aprobó previamente un mecanismo disuasorio frente a la morosidad. Así lo ha considerado la Audiencia Provincial de Cantabria en una sentencia del 20 de julio, que ha condenado al propietario a pagar 3.330 euros (2.775 de deuda y 555 euros correspondientes a un recargo del 20%), más los intereses legales y las costas de la primera instancia. La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) permite a las comunidades adoptar medidas disuasorias frente a la morosidad, aunque con ciertos límites: deben ser proporcionadas y no tener carácter retroactivo.