Si tienes una casa que apenas usas, puedes sacarle un rendimiento económico que te ayude a pagar la hipoteca a través del alquiler vacacional. Para alquilarla legalmente primero debes informarte de la normativa en tu Comunidad Autónoma. Una vez obtenida la licencia, prepara la casa para que los turistas se sientan como en su propio hogar. Y recuerda que todos los ingresos que recibas tienes que incluirlos en la declaración de la renta.
Algunas regiones no tienen regulación específica y se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos, pero la mayoría de los destinos turísticos ya han puesto en marcha algún tipo de regulación.
Inscribe el inmueble en el registro de viviendas para uso turístico e Infórmate de si tu casa cumple los requisitos mínimos para el alquiler vacacional. Una vez obtenida la licencia, prepara la vivienda para que los turistas se sientan como en su propia casa.
Busca en Internet casas como la tuya que te ayuden a saber cuál es el precio que debes poner. Facilita a los turistas información sobre actividades y eventos de los alrededores. Una buena experiencia hará que repitan en el futuro o que recomienden tu alojamiento a sus amigos. Ofrece al turista un teléfono de contacto en el que te pueda localizar si tiene algún problema.
Recuerda que todos los ingresos que recibas por esta vivienda tienes que incluirlos en la declaración de la renta. Puedes deducirte todos los gastos necesarios para alquilar el inmueble.
Si además del alquiler ofreces a tus inquilinos servicios como limpieza semanal o desayuno, deberás cobrar IVA.
Si dispones de un piso turístico y te gustaría promocionarlo en Internet, puedes darlo de alta en Rentalia, la web de alquiler vacacional de idealista. Publica aquí tu alojamiento
Otros episodios:
- Qué son los depósitos
- Qué son las acciones
- Qué son los bonos
- Qué es el euríbor
- Qué es la deflación
- Qué es un corralito
- Qué es la cláusula suelo
4 Comentarios:
No tienen verguenza tratando de promover este tipomde alquiler en el que usteds mismos xomo empresa participan.
Han pensado enmlos derechosmdd,los vecinosmque viven habitualmdnte en una casa?
Una verguenza.....ñ
Inversores.... comoren edificios y enteramente que se dediquen a este tipo de alquiler, con servicios, una recepcion, una vigilancia y ascensores e instalaciones adecuados para llevarlo a cabo.
No aue el señod X haga negocio en una comunidad donde el no vive, y no sufre el trasiego de turistas cada tres dias, ewuipaje arriba y abajo por ascensors y escaleras.
Empresas subcontratad de limpieza con sus sabans y limpiando, entrando y saliendo a xualquier hora.
Publiquen mi articulo señores de idealista, y por favor, claramente se ven sus intereses en este asunto....
No tienen verguenza tratando de promover este tipomde alquiler en el que usteds mismos xomo empresa participan.
Han pensado enmlos derechosmdd,los vecinosmque viven habitualmdnte en una casa?
Una verguenza.....ñ
Inversores.... comoren edificios y enteramente que se dediquen a este tipo de alquiler, con servicios, una recepcion, una vigilancia y ascensores e instalaciones adecuados para llevarlo a cabo.
No aue el señod X haga negocio en una comunidad donde el no vive, y no sufre el trasiego de turistas cada tres dias, ewuipaje arriba y abajo por ascensors y escaleras.
Empresas subcontratad de limpieza con sus sabans y limpiando, entrando y saliendo a xualquier hora.
Publiquen mi articulo señores de idealista, y por favor, claramente se ven sus intereses en este asunto....
Esta clara su participacion en Rentalia.
Sean sinceros, por favor....... han buscado el negocio chollo, a costa de la convivencia en el edificio ,de quien es su hogar permanente...
Inaguantable e injusto y muy peligroso, porque no hay ni control de quien entra y sale ni como se comporta en su estancia..mal muchas veces.
Este asunto sigue siendo un galimatías, sobre todo en comunidades en las que no existe aún normativa específica para estas viviendas pero cuyas administraciones públicas están imponiendo duras sanciones.
En fin...
Os dejo info de la situación en las principales comunidades autónomas en http://www.abogadosparatodos.net/regulacion-del-alquiler-de-viviendas-d…
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