Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha abierto la puerta a que los caseros se puedan deducir algunos de estos gastos mientras sus pisos se encuentren sin inquilino. El tribunal considera que se trata de gastos absolutamente necesarios para mantener el inmueble en situación de ser arrendado y por eso asume que son desgravables ante Hacienda, tanto en el caso de que se trate de una empresa como de particulares.