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Las ‘rebajas’ llegan a la Seguridad Social: contratar a un indefinido será un 75% más barato hasta marzo
GTRES

La empresa (o el autónomo) que genere un empleo fijo antes del 31 de marzo solo pagará 100 euros al mes en concepto de contingencias comunes durante dos años. Repasamos las ventajas y la letra pequeña de la medida que ha prorrogado el Gobierno. 

Toda empresa o autónomo que genere un puesto de trabajo indefinido antes del 31 de marzo podrá ahorrarse hasta un 75% en los pagos que debe hacer a la Seguridad Social por contingencias comunes. 

Como explica el portal especializado basepyme.es, la rebaja les permite pagar “únicamente 100 euros mensuales en la cotización por este concepto, tanto para las nuevas contrataciones indefinidas como para la conversión de un contrato temporal en indefinido”. 

Esta medida, que se activó a principios de 2014 y que permitió la contratación de casi 180.000 personas en ese ejercicio, ha sido prorrogada por el Gobierno hasta el próximo 31 de marzo. 

Ahora bien, para acogerse a estas ayudas la empresa o el autónomo que realice la contratación debe cumplir una seria de requisitos. La más llamativa de todas es que debe mantener dicho puesto de trabajo fijo durante un periodo mínimo de tres años. Pero no es la única.

Por ejemplo, la empresa no puede haber realizado ningún despido colectivo o individual improcedente en los seis meses anteriores al momento de solicitar la ayuda, debe estar al corriente de sus obligaciones de pago con Hacienda y la Seguridad Social y debe ser capaz de incrementar su nivel de empleo neto con la nueva contratación. 

Un ahorro del 75%

Para entender cuánto puede ahorrarse una empresa en una contratación gracias a esta medida vamos a aplicarla a un ejemplo concreto. Como regla general, el ahorro debe calcularse en función de la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes, que supone el 23,6% del salario bruto del empleado. 

Así, para un salario de 20.000 euros anuales, el coste habitual para una empresa por dicho concepto asciende a 4.720 euros (393,3 euros al mes). Sin embargo, con esta bonificación, el coste mermaría hasta 1.200 euros (100 euros mensuales). O, lo que es lo mismo, pagaría un 74,5% menos. 

Ahora bien, la reducción no es la misma en todos los tipos de contratos. Sin ir más lejos, la aportación se reducirá a 75 euros cuando la jornada de trabajo sea, al menos, equivalente al 75% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable; y se reducirá a 50 euros cuando la jornada sea, como mínimo, equivalente al 50% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.

Dos años de ayudas

La bautizada Tarifa Plana de 100 euros mensuales para contratos indefinidos se mantendrá durante 24 meses desde que se realiza la contratación.  Pasado este tiempo, solo se podrá prorrogar en el caso de que la empresa contara con menos de 10 trabajadores en el momento de solicitar la rebaja. En su caso, durante un año más podrá disfrutar de una reducción equivalente al 50% de la aportación. 

Cumple los plazos

En lo que se refiere a la cuantía de 100 euros, debemos tener en cuenta que esa cantidad se refiere a un mes completo en situación de alta en la Seguridad Social, por lo que “si el periodo de actividad es inferior, el importe de la cuota se reduce de forma proporcional. De igual manera, si el contrato se transforma a mitad de mes, ésta se aplicará de forma proporcional a partir de la fecha de formalización del contrato”, añade el portal.

La medida tampoco perdona el incumplimiento de los plazos que plantea, lo que significa que si la empresa o el autónomo no mantienen el puesto de trabajo durante los 36 meses que determina la medida, se quedará sin reducción y deberá pagar todo o parte del dinero que se ha ahorrado con la bonificación.

Si se produce en el primer año, por ejemplo, se debe reintegrar el 100% de la citada diferencia, mientras que si se incumple en el segundo año deberá abonar un 50%. Llegado el tercer año, el pago corresponderá al 33%. 


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