Un usuario del foro de idealista/news quiere saber si puede dejar el piso en el que vive de alquiler sin tener que pagar ninguna indemnización al casero. Todo depende de cuándo se firmó el contrato de arrendamiento y el plazo que haya pasado desde entonces.
1. Si el contrato es anterior al 5 de junio de 2013: la duración mínima del contrato de alquiler es de cinco años. Si se acordó una duración inferior el contrato se prorroga anualmente hasta sumar los cinco años. La prórroga es obligatoria para el casero y un derecho para el inquilino. Si se cumple el plazo, el inquilino puede marcharse con un preaviso al casero de 30 días de antelación.
Pero si el inquilino quiere irse antes de tiempo, entonces tendrá que negociar con el casero la terminación del contrato. Y éste puede pedirle que le pague las rentas pendientes hasta el fin del año o de la fecha de fin del contrato.
2. Si el contrato es posterior al 6 de junio de 2013: la duración mínima es de tres años y al final de este periodo el contrato se prorroga tácitamente año tras año. El inquilino, pasados los seis meses, de contrato puede irse en cualquier momento siempre que avise con 30 días de antelación al casero. Pero si se quiere ir antes de los seis meses, entonces incumple el contrato y tendrá que indemnizar al propietario con el pago del alquiler hasta cumplir los seis meses.
La comunicación con el casero debe hacerse por escrito para evitar problemas. Y lo más seguro es enviar al casero un burofax con acuse de recibo y certificado de contenido.
Además, con la entrega de las llaves lo mejor es redactar un documento de finalización del alquiler del piso firmado por ambas partes y que contenga la fecha, datos del piso, datos del casero e inquilino e indicar las condiciones de entrega de la casa.
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