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El tribunal de justicia de la unión europea (tue) ha señalado que los pasajeros que sufran un retraso de tres o más horas en sus vuelos tienen derecho a una indemnización de la compañía aérea, a menos que el retraso se deba a circunstancias extraordinarias

En caso de cancelación de un vuelo, los pasajeros pueden obtener una compensación a tanto alzado de entre 250 y 600 euros, dependiendo de la distancia del viaje, según la normativa comunitaria que no reconoce expresamente el derecho a indemnización a los pasajeros de los vuelos retrasados

Ahora el tribunal estima que los pasajeros de los vuelos retrasados sufren un perjuicio análogo al de los pasajeros de los vuelos cancelados, que se concreta en una pérdida de tiempo, con lo que se encuentran en una situación comparable. En ambos casos, si se pierden tres horas o más con respecto a la hora inicialmente prevista, el tribunal considera que la situación es comprable

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