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La ley de emprendedores , Que incluye la concesión del permiso de residencia para extranjeros que inviertan en España, ya ha entrado en vigor. La normativa establece que los extranjeros no residentes podrán obtener el permiso de residencia siempre que hagan una inversión significativa de capital o compren una vivienda a partir de 500.000 euros

Según la ley de emprendedores, se entenderá como inversión significativa de capital aquella que cumpla con los siguientes supuestos:

A) una inversión inicial por un valor igual o superior a 2 millones de euros en títulos de deuda pública española, por un valor igual o superior a un millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas, o depósitos bancarios en entidades financieras españolas

B) la adquisición de vivienda en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante. El solicitante deberá acreditar disponer de una inversión en bienes inmuebles de 500.000 euros libre de toda carga o gravamen. La parte de la inversión que exceda del importe exigido podrá estar sometida a carga o gravamen

C) un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, para lo cual se valorará el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:

   - Creación de puestos de trabajo

   - Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad

    - Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica

La concesión del visado de residencia para inversores extranjeros tendrá efectos durante, al menos, un año. La autorización inicial de residencia para inversores tendrá una duración de dos años. Una vez cumplido dicho plazo, aquellos inversores extranjeros que estén interesados en residir en España por una duración superior podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia para inversores por el mismo plazo de dos años

 

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7 Comentarios:

Anonymous
30 Septiembre 2013, 15:54

Hola, una pregunta del Articulo 63 apartado 2 letra B, el texto dice:

B) La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante...

Esto quiere decir que una persona puede comprar 2 bienes inmuebles de 250,000 euros (o uno de 100,000 y otro de 400,000 por ejempo), realizar la inversion minima de 500,000 y aun asi obtener el visado? o la propiedad debe de costar un minimo de 500,000 euros?

Pablo
11 Octubre 2013, 14:36

Quédate con tu mierda de permiso Marianico!! España es pobre, nadie quiere invertir aqui ya y menos con esa mierda de condiciones..

Seguramente el indigente de ZP le hubiera dado otro permiso menos mierda ¿A que sí?

Anonymous
17 Diciembre 2013, 15:53

Los 500.000 euros de inversión se pueden utilizar para comprar uno o varios inmuebles

Anonymous
10 Enero 2014, 9:43

Puede solicitar este permiso de residencia si se ha comprado la vivienda antes de la publicación de la ley ???

Anonymous
4 Febrero 2014, 0:54

In reply to by anónimo (not verified)

Pues haz la pregunta a los del enlace del comentario 3. Yo estuve hablando con ellos porque tengo unos familiares en Sudamérica que tienen propiedades en España anteriores a la ley y me buscaron la solucion al tema.

Fatima
4 Mayo 2014, 16:54

Hola , soy una Argelina , yo quiero informaciones para comprar una casa en España con 35.000€ para obtener la residencia , es posible ¿ Que debe hacer ¿
Muchas gracias .
Fátima

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