El TJUE cuestiona las medidas de España contra el abuso de contratos temporales en el sector público

El Gobierno señala que este fallo es "meramente aclaratorio" y no obliga a hacer fijos a los eventuales de la administración
Archivo - Bandera de la Unión Europea (UE).
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Europa Press

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha advertido de que las medidas previstas en España para sancionar el uso abusivo de contratos temporales sucesivos en el sector público no parecen ajustarse al Derecho de la Unión, al no garantizar una respuesta eficaz frente a este tipo de prácticas.

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En una sentencia publicada, el TJUE responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo sobre si la normativa española contiene mecanismos adecuados para prevenir y corregir estos abusos, en línea con la legislación comunitaria.

El alto tribunal europeo señala que la conversión de estos contratos en una relación laboral indefinida no fija no constituye una medida suficiente, ya que mantiene al trabajador en una situación de temporalidad y no garantiza la estabilidad en el empleo.

Tampoco considera adecuada la indemnización prevista en caso de extinción de la relación laboral, al entender que no siempre permite reparar de forma efectiva las consecuencias del abuso, especialmente en situaciones prolongadas en el tiempo.

En cuanto al régimen de responsabilidad de las administraciones públicas, el tribunal europeo apunta que puede resultar insuficiente si no se basa en criterios claros y previsibles y no va acompañado de otras medidas efectivas y disuasorias.

Asimismo, el TJUE cuestiona que la convocatoria de procesos selectivos que valoran la experiencia previa sirva para corregir estos abusos, ya que no garantiza que los trabajadores afectados obtengan una plaza ni evita que la situación se prolongue.

En todo caso, el tribunal europeo recuerda que corresponde al Tribunal Supremo evaluar si la normativa española cumple con los requisitos del Derecho de la Unión y resolver el litigio concreto.

El Gobierno señala que este fallo no obliga a hacer fijos a los temporales del sector público

Por su parte, el Gobierno ha señalado que el fallo es "meramente aclaratorio", por lo que no afecta a la normativa nacional ni impone sanciones de ningún tipo, y el derecho europeo no obliga a España a hacer fijos los contratos temporales del sector público.

Según han indicado fuentes del Ministerio de Función Pública a Europa Press, la sentencia es la respuesta a la prejudicial planteada por el Tribunal Supremo que preguntó si el marco constitucional español para el acceso al empleo público, basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad, y que por tanto prohíbe la fijeza automática, era contrario al derecho europeo.

Es la respuesta a un caso de una trabajadora que encadenó seis contratos de interinidad desde 2016 en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid, cuya relación fue calificada por la justicia española como indefinida no fija tras apreciar una utilización irregular.

Tras conocerse el fallo, desde Función Pública han reiterado el compromiso del Gobierno con la reducción de la temporalidad entre los empleados de la Administración Pública y han recordado que la doctrina del Tribunal Constitucional es contraria a hacer fijos a trabajadores temporales sin que saquen esta plaza en una oposición abierta a todo el mundo.

"El TJUE lo que ha dicho es que España tiene que hacer más para evitar abusar de la figura del trabajador temporal, pero no obliga a hacerlo de una manera u otra", han apuntado dichas fuentes.

Así, han defendido los principios de "igualdad, mérito y capacidad" como pilares constitucionales que garantizan el acceso al empleo público en España basándose en la competencia profesional.

Reducción de la temporalidad en seis puntos

Desde Función Pública, han señalado que el Ejecutivo viene trabajando en las últimas legislaturas para resolver un problema que se arrastra desde hace décadas, para lo que en 2021 aprobó una ley para reducir la temporalidad en las administraciones públicas, validada por la Comisión Europea, y que ha logrado que la tasa de temporalidad se haya reducido seis puntos, de un 39% en 2023 al 32,7% en la actualidad.

"Nunca antes se había hecho una reforma tan profunda contra la temporalidad en el sector público: límites claros a la temporalidad, controles, responsabilidades y procesos masivos de estabilización", han reivindicado.

Además, ha afirmado que España ha superado el objetivo comprometido con la Comisión Europea de cubrir al menos con trabajadores fijos 300.000 plazas en los tres niveles de la Administración que antes estaban ocupadas por temporales, con 419.756 plazas estabilizadas, y que, además, ha convocado de media 32.522 plazas de empleo público al año entre 2018 y 2025, lo que contrasta con los recortes de la etapa anterior del Partido Popular.

De esta manera, el sector público español ha creado un total de empleo público neto cifrado en 381.257 personas entre 2021 y 2026, un incremento del 14,11%, y es el Estado miembro de la Unión Europea que más empleo crea, según Eurostat, concentrando el 41% del total del empleo creado.

Un problema que afecta a CCAA y entidades locales

Desde el Gobierno, han apuntado que el problema de exceso de trabajadores temporales afecta en concreto a comunidades autónomas y entidades locales, con tasas del 40% y 36% de empleados eventuales, teniendo en cuenta que los sectores educativo y sanitario son los que concentran las mayores tasas de temporalidad, mientras que en la Administración General del Estado se cumplen los requisitos de temporalidad al tener solo el 4,7% de trabajadores con contrato eventual.

"La Administración no puede cerrar servicios esenciales, no puede dejar de prestar servicios; por lo que ante carencias de personal va a requerir acudir a figuras temporales", han apuntado.

El Ejecutivo ha reconocido que todavía queda trabajo por hacer en la materia para lo que ha propuesto incluir medidas adicionales en el proyecto de ley orgánica de reforma de las carreras judicial y fiscal y en la Ley de Función Pública de la Administración del Estado, ambas en tramitación parlamentaria.

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