En nuestro consultorio, un usuario quiere saber si necesita contar con el certificado energético en caso de dación en pago, es decir, de la entrega de la vivienda al banco para saldar la deuda hipotecaria. Una abogada le contesta que sí es necesario porque se trata de un acto traslativo de la propiedad aunque no sea una venta en sí misma
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