En primer lugar hay que diferenciar entre el nominal de la hipoteca y el importe de la deuda el día de la escritura y entiendo que toma la hipoteca por suborgación, en la que la entidad financiera tiene que prestar su consentimiento.
Si el importe de la deuda el dia de la compra es mayor al precio de venta, implicaria que el vendedor le tiene que vender el bien, darlo por pagado y entregarle dinero y si esto fuera así, ese dinero se deberia destinar a amortizar el capital pendiente hasta el importe del precio... además la entidad financiera, asi lo requerirá.
2 Respuestas:
Buenas noches:
En primer lugar hay que diferenciar entre el nominal de la hipoteca y el importe de la deuda el día de la escritura y entiendo que toma la hipoteca por suborgación, en la que la entidad financiera tiene que prestar su consentimiento.
Si el importe de la deuda el dia de la compra es mayor al precio de venta, implicaria que el vendedor le tiene que vender el bien, darlo por pagado y entregarle dinero y si esto fuera así, ese dinero se deberia destinar a amortizar el capital pendiente hasta el importe del precio... además la entidad financiera, asi lo requerirá.
Un saludo
Muchísimas gracias por su consejo. Saludos! Lidia
Para poder comentar debes Acceder con tu cuenta