Voy a adquirir un local por 58000 euros. No consta en catrastro valor de referencia. Su tasación ha dado 73708 euros. Que debo de tomar como referencia para tributar?

Pregunta de

1 Respuestas:

Ladrillometro
15 Octubre 2026, 10:17

Si no hay valor de referencia de Catastro, la base del ITP suele ser el mayor entre el precio de escritura y el valor real del inmueble. La tasación bancaria (73.708 €) no es automáticamente la base, pero Hacienda puede usarla como indicio si investiga.

En la práctica mucha gente liquida sobre los 58.000 € escriturados cuando no hay valor de referencia; el riesgo es una comprobación de valores posterior. Diferencia: a un tipo de ejemplo del 6 %, 58k → ~3.480 € de ITP; 73.708 → ~4.420 €.

Para estimar ITP + notaría + registro según CCAA: https://ladrillometro.com/simulador-gastos-compra-vivienda/

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