El préstamo entre particulares puede ser con o sin intereses. Hay que redactar un documento, o dos, en vuestro caso, con los siguientes datos: Fecha. Identificación de las partes. El importe. El plazo. Las cuotas. Intereses o no. Firmado por los intervinientes. El contrato, se presenta por triplicado ejemplar, en la Delegación de Hacienda de la Comunidad correspondiente, junto con el modelo 600 cumplimentado. Está exento de pago. Si hubiera intereses, el prestamista, debería declararlos en su IRPF, como rendimiento de capital mobiliario.
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El préstamo entre particulares puede ser con o sin intereses.
Hay que redactar un documento, o dos, en vuestro caso, con los siguientes datos:
Fecha.
Identificación de las partes.
El importe.
El plazo.
Las cuotas.
Intereses o no.
Firmado por los intervinientes.
El contrato, se presenta por triplicado ejemplar, en la Delegación de Hacienda de la Comunidad correspondiente, junto con el modelo 600 cumplimentado. Está exento de pago.
Si hubiera intereses, el prestamista, debería declararlos en su IRPF, como rendimiento de capital mobiliario.
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