Así puedes desgravar el gimnasio en la declaración de la Renta 2025

Estos son los requisitos y la cuantía que puedes deducir por practicar deporte en la declaración de la Renta 2025/2026
Cómo deducir el gimnasio en la renta
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personas invierten en gimnasio para mantenerse en forma. Sin embargo, pocos saben que es posible desgravar estos gastos en la Renta 2025, que se realiza en 2026, siempre que se cumplan ciertos requisitos y condiciones.

Para que no te pierdas en las más de 300 deducciones autonómicas que hay, en este artículo te contamos cómo poner el gimnasio en la declaración de la Renta para que así puedas beneficiarte de este incentivo fiscal.

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¿Se puede desgravar el gimnasio en la Renta?

Sí, algunos contribuyentes pueden deducir un porcentaje de la cuota que pagan anualmente del gimnasio, pero solo los que residan y hagan deporte en algunas CCAA.  

¿Qué comunidades desgravan el gimnasio? 

Esta opción solo está al alcance de aquellas personas que residan en Murcia, Andalucía, Comunidad Valenciana y La Rioja.

¿Quién puede desgravar el gimnasio? Requisitos

Para desgravar correctamente la cuota del gimnasio y evitar posibles problemas con Hacienda, es importante cumplir una serie de condiciones básicas:

  • Factura completa y válida: El simple recibo o ticket del gimnasio no suele servir. Necesitas una factura en la que aparezcan todos tus datos identificativos —nombre, apellidos, DNI— junto con la información fiscal del centro deportivo y el detalle de las cuotas abonadas.
  • Pagos que puedan justificarse: Lo más aconsejable es evitar el efectivo. En algunas comunidades autónomas, los pagos en metálico ni siquiera permiten aplicar la deducción. Lo ideal es utilizar métodos que dejen constancia, como tarjeta bancaria, transferencia, Bizum o domiciliación.
  • Gastos que entren en la deducción: Habitualmente se pueden incluir las cuotas del gimnasio y, en determinados casos, actividades o clases impartidas dentro del propio centro. Sin embargo, la compra de ropa o equipamiento deportivo normalmente queda excluida.
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Deducción por gastos de gimnasio en Andalucía

En Andalucía, los contribuyentes pueden aplicar una deducción del 15% sobre las cantidades abonadas a gimnasios, centros deportivos, clubes o federaciones deportivas. Aunque es el porcentaje más reducido entre las comunidades que contemplan este beneficio fiscal, permite incluir no solo los pagos propios, sino también los realizados por el cónyuge o pareja de hecho, así como por hijos o ascendientes que generen derecho al mínimo familiar, siempre que el contribuyente haya asumido el gasto.

La cuantía máxima deducible es de 100 euros al año por persona y no existen límites de renta para acceder a esta ventaja fiscal, por lo que cualquier residente fiscal en Andalucía puede beneficiarse de ella. Eso sí, resulta imprescindible conservar las facturas o justificantes de pago.

Tienes más información aquí.

Deducción por actividad física en Murcia

La Región de Murcia ofrece una deducción del 30% sobre los gastos vinculados al ejercicio físico y el deporte. Además de las cuotas del gimnasio, también se incluyen servicios de entrenadores personales acreditados, clases de disciplinas como yoga o pilates y cuotas de federaciones deportivas.

En el caso de los mayores de 65 años, la deducción puede alcanzar el 100% del gasto. El importe máximo que puede deducirse asciende a 150 euros anuales. Para poder aplicarla, la suma de la base imponible general y del ahorro no debe superar los 25.000 euros en declaración individual ni los 40.000 euros en conjunta. Como requisito básico, es necesario guardar las facturas correspondientes.

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Deducción del gimnasio en la Comunitat Valenciana

La Comunitat Valenciana contempla una deducción del 30% sobre los gastos relacionados con actividades deportivas y hábitos saludables, entre ellos las cuotas de gimnasio. El límite máximo anual es de 150 euros.

El porcentaje deducible aumenta hasta el 50% para mayores de 65 años o personas con una discapacidad superior al 33%, mientras que puede llegar al 100% si se superan los 75 años o se acredita una discapacidad superior al 65%.

Para beneficiarse de esta medida, la suma de las casillas 0500 y 0510 de la declaración no puede exceder los 32.000 euros en tributación individual o los 48.000 euros en conjunta. Además, el contribuyente deberá reflejar el importe en la casilla 1960 de la declaración de la Renta, indicando también el NIF del gimnasio y la cantidad total abonada durante el ejercicio fiscal.

La casilla a consignar es la 1960.

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Deducción por deporte en La Rioja

En La Rioja existe una deducción del 30% destinada a fomentar la práctica deportiva y el ejercicio físico, categoría en la que se incluyen las cuotas de gimnasio. En determinados casos, la deducción puede alcanzar el 100% del gasto, concretamente para personas mayores de 65 años o con una discapacidad superior al 33%.

El límite máximo anual es de 300 euros, una cifra que duplica la prevista en la Comunitat Valenciana. Además, esta comunidad no establece restricciones por nivel de ingresos, de modo que cualquier contribuyente puede acogerse a la deducción siempre que disponga de los justificantes de pago correspondientes.

En La Rioja, la casilla para deducir los gastos de gimnasio es la 1168.

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