Tengo alquilada una casa y resulta que su puerta de garaje que es manual se ha roto. El tema es que el inquilino estrenó la casa, siendo él su primer habitante. En el contrato se especificó que cualquier rotura ya sea grande o pequeña se haría cargo él, y repitiéndose lo varias veces con su afirmativa,pero he leído que esto según la ley no es correcto.? Hay alguna excepción? Quien debe hacerse cargo?

1 Respuestas:

Denis
9 Octubre 2023, 14:44

Si no es consecuencia directa del mal uso por la parte del inquilino, según la Ley de Arrendamientos Urbanos, estará al cardo del arrendador. Con la última version de normativa, no importa lo que dice el contrato, ya que la ley prevalece.

Si tiene fotos de la casa y de la puerta del garaje adjuntadas al contrato, y ahí se observa que la puerta estaba bien y no desgastada... se podría argumentar que el inquilino causó los daños y es responsable. En caso contrario, resulta que usted tendrá que arreglarlo.

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