La norma impulsa las instalaciones de bombas de calor, el autoconsumo compartido y puntos de recarga en edificios residenciales
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Cocina iluminada en una vivienda con autoconsumo energético
Hacer que los hogares sean más eficientes enerégicamente: claves del nuevo Real Decreto-ley 7/2025 Creative commons

La crisis eléctrica del pasado 28 de abril, que dejó fuera de servicio buena parte del sistema peninsular, ha llevado al Gobierno a mover ficha. El resultado es el Real Decreto-ley 7/2025, una norma que consolida la red eléctrica y redefine la gestión energética en los edificios, facilitando tanto la instalación de equipamiento común (paneles, bombas de calor, puntos de recarga...) como el reparto de energía en consumos colectivos.

Instalación de aerotermia y geotermia en comunidades de propietarios

La modificación del artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal destaca como una de las medidas con mayor impacto. Aunque ya permitía autorizar instalaciones con el voto de un tercio de los propietarios y cuotas, ahora se aclara expresamente que estas también incluyen bombas de calor, como la aerotermia, que extrae energía térmica del aire exterior, y la geotermia, que aprovecha el calor del subsuelo.

De este modo, se elimina cualquier duda sobre la aplicación de esa mayoría a estas tecnologías, facilitando la implantación de soluciones renovables en edificios residenciales.

Bonificaciones fiscales

El artículo 28 modifica la Ley Reguladora de las Haciendas Locales para que los ayuntamientos puedan establecer bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) por la instalación de estos sistemas de climatización.

Estos beneficios fiscales no se limitan a viviendas unifamiliares, sino que también pueden aplicarse en proyectos aprobados por comunidades de vecinos, siempre que cumplan los requisitos establecidos por el municipio.

Autoconsumo eléctrico colectivo

Hasta ahora, el consumidor debía optar por una única modalidad de autoconsumo, pero el artículo 24 del real decreto-ley permite asociarse simultáneamente a dos tipos: uno individual sin excedentes, como puede ser el de una nave industrial, y otro compartido a través de red, conectado a una instalación de generación cercana.

Este avance abre la puerta al desarrollo de proyectos energéticos colectivos, especialmente útiles en polígonos industriales y zonas residenciales que quieran beneficiarse de una producción renovable compartida.

Comunidades energéticas: autoconsumo para varios edificios

Las comunidades energéticas pueden agrupar a varios consumidores (edificios, comercios, industrias) y gestionar de forma colectiva la producción, el almacenamiento y el reparto de energía renovable.

El nuevo marco normativo fomenta este modelo colaborativo, ideal para barrios, polígonos o zonas residenciales que quieran apostar por la autosuficiencia energética con una estructura legal compartida.

Puntos de recarga para vehículos eléctricos con menos trabas

En cuanto a movilidad eléctrica, las estaciones de recarga de alta potencia (más de 3.000 kW) ya no tendrán que pasar por el habitual trámite de autorización administrativa, salvo en casos puntuales donde sea imprescindible justificar su impacto ambiental o declarar su utilidad pública.

Para instalar puntos de recarga de baja potencia en garajes comunitarios, basta con notificarlo previamente a la comunidad y dejar constancia en el acta. La junta solo podrá denegar la instalación si acredita de forma justificada un perjuicio grave o una imposibilidad técnica real.

Además, se refuerza la capacidad del operador del sistema eléctrico para gestionar de forma directa tanto los datos estáticos como dinámicos de estas estaciones, lo que permitirá una mejor planificación del despliegue de puntos de recarga, clave para avanzar hacia una movilidad libre de emisiones.

Flexibilización del acceso a la red y seguridad del suministro

El Real Decreto-ley 7/2025 también incluye medidas técnicas y jurídicas para garantizar que la red eléctrica crezca al ritmo que exige el país, acelerando los plazos de conexión eléctrica para nuevos suministros, incluidos los gestionados por instaladores contratados directamente por el solicitante y estableciendo que los permisos de acceso caducarán cuando no se utilicen en un plazo de cinco años, aplicable a todos los consumidores conectados a más de 1 kV, buscando un uso más eficiente y responsable de la red eléctrica y evitando bloqueos administrativos.

Energías renovables y precios negativos: ajustes en el mercado

Otra de las realidades a las que responde esta norma es el auge de las horas con precios eléctricos negativos en el mercado mayorista. Para que esto no penalice a las instalaciones acogidas a retribuciones específicas, se ajustan temporalmente sus condiciones.

Asimismo, se simplifican los trámites para la repotenciación de parques renovables ya existentes, permitiendo sustituir equipos antiguos por tecnología más eficiente sin pasar por procesos administrativos largos y costosos.

El administrador de fincas en la transición energética

Ahora más que nunca deben informar, impulsar y guiar técnicamente a las comunidades en estos procesos. Con la nueva normativa, es recomendable que convoquen juntas informativas, encarguen estudios de viabilidad y contacten con asesores jurídicos y técnicos especializados para evitar errores.

¿Cómo se puede financiar una instalación de autoconsumo compartido en un edificio residencial?

Existen varias vías, como los fondos europeos gestionados por las comunidades autónomas, las subvenciones municipales o autonómicas o financiación bancaria colectiva. Cabe destacar que las comunidades de propietarios no tienen que asumir la totalidad del coste de forma inmediata. Un buen asesoramiento puede ayudar a estructurar el proyecto con todas las garantías.

Beneficios del Real Decreto-ley 7/2025 en las promociones de obra nueva

El Real Decreto-ley 7/2025 ofrece un marco favorable para que promotores y constructores incorporen sistemas de autoconsumo, recarga eléctrica o climatización renovable, mejorando no solo la eficiencia energética, sino también el atractivo comercial de las viviendas, gracias a menores costes energéticos y posibles bonificaciones fiscales.

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