El Supremo lo confirma: el silencio del heredero no implica necesariamente la aceptación de la herencia
El Tribunal Supremo ha dejado claro que guardar silencio al ser emplazado en un procedimiento judicial no significa aceptar una herencia. Así lo establece en una sentencia que marca una diferencia fundamental entre no rechazar una herencia y asumirla de forma tácita. El Supremo aclara que la aceptación de una herencia no puede deducirse de un simple silencio o de una actitud pasiva. Recuerda que la sucesión se abre con la muerte del causante y que, hasta que los llamados aceptan, la masa hereditaria se encuentra en situación de herencia yacente, es decir, sin titular definitivo.
