Madrid tiene nueve días para ejecutar la sentencia que anula Madrid Central, según el TSJM

Madrid tiene nueve días para ejecutar la sentencia que anula Madrid Central, según el TSJM
GTRES

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha remitido al Ayuntamiento de Madrid la diligencia de ordenación para que anule el área de bajas emisiones Madrid Central, haciendo efectivo con ello el fallo recaído en la Sentencia 446/2020, de 27 de julio de 2020, por el que el Tribunal Supremo ratificaba la anulación de dicha zona. Así el consistorio tiene 9 días para ejecutar la sentencia.

Si en estos 9 días no se aprueba la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, las cámaras de Madrid Central se apagarán definitivamente y las multas por acceder a Madrid Central no tendrán validez. Ahora toca subsanar los defectos de forma por parte del Ayuntamiento.

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El pasado mes de mayo el Tribunal Supremo tumbó Madrid Central del Gobierno de Carmena. Inadmitió el recurso de casación de Ecologistas en Acción de Madrid contra la sentencia del Tribunal Superior de Madrid (TSJM) que estimó parcialmente el recurso del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid en relación con Madrid Central. Así, la zona de Bajas Emisiones que aprobó el gobierno de Manuela Carmena queda anulada.

El Alto Tribunal da la razón al TSJM que anulaba la zona de bajas emisiones que tanta polémica suscitó en la capital por no incluir el trámite de información pública. En concreto, anulaba el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, del pasado 5 de octubre de 2018, en el que se aprobó la Ordenanza de Movilidad Sostenible donde se encuentra Madrid Central. El tribunal señalaba que la no inclusión del trámite de información pública en el proceso tumba la normativa municipal. Se trata de un requisito que se considera esencial, preceptivo e indispensable al tratarse de una de las principales manifestaciones del derecho que los españoles tienen a participar en los asuntos públicos, y que está reconocido en el artículo 23 de la Carta Magna.

Además, el pasado mes de febrero el TSJM anulaba de nuevo Madrid Central tras admitir el recurso presentado por el Círculo de Empresarios de Ocio Nocturno y de Espectáculos de Madrid (CEONM). Pero ya el pasado verano, el tribunal madrileño ya aceptó los recursos del PP de Madrid, la Comunidad de Madrid y la empresa mercantil D’Vuelta Asistencia Legal. En todas las denuncias, el tribunal no entra a valorar la norma, pero sí los defectos de forma de esta. 

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