El agua es sinónimo de vida, y muchas especies la necesitamos en nuestro día a día. ¿Te pueden privar de ella si dejas de pagar las facturas? ¿Es legal que te corten el agua por falta de pago? Resolvemos las dudas.
¿Es legal cortar el agua por falta de pago?
El corte del suministro de agua por parte de las empresas suministradoras es legal en determinadas circunstancias:
- Cuando el usuario no paga las facturas dentro del plazo establecido por la compañía.
- Si se está utilizando el suministro sin un contrato formal a nombre del usuario y este se niega a formalizarlo tras ser requerido.
- Por impago de cantidades derivadas de fraudes detectados, si no se abonan dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación, o si se confirma la reincidencia en dichos fraudes.
Además, se podrá cortar en los siguientes supuestos:
- Si el agua se utiliza de manera distinta a la contemplada en el contrato: En casos donde se detecten conexiones no autorizadas o ilegales a la red de agua, la empresa puede cortar el suministro de forma inmediata y deberá notificarlo a la autoridad competente.
- Cuando el usuario impida la entrada del personal autorizado a revisar las instalaciones en horarios hábiles; en este caso, la empresa levantará un acta que se enviará a la autoridad correspondiente.
- Por incumplimiento de los términos del contrato o de las condiciones generales de uso del servicio.
- Si las instalaciones o el uso del agua del abonado pueden poner en riesgo la potabilidad del suministro, hasta que se tomen las medidas necesarias para protegerla, con comunicación escrita a la autoridad competente.
- Cuando el usuario se niegue a modificar el contador o las instalaciones internas necesarias para su sustitución.
- Si se detecta mezcla de aguas de distinta procedencia y el usuario no corrige la situación tras un requerimiento en un plazo de cinco días.
- Si durante 12 meses es imposible tomar lecturas debido a la obstrucción o alteración de la instalación por parte del usuario, el suministro puede suspenderse temporalmente hasta que se permita el acceso para la lectura.
- Por negligencia del abonado en la reparación de averías internas, si tras notificación escrita pasan más de cinco días sin solucionar la incidencia.
¿Por qué no te pueden cortar el agua?
No se puede cortar el suministro de agua a una persona o familia considerada vulnerable o en riesgo de exclusión social. Para ello, se debe acreditar la condición de vulnerabilidad con servicios sociales para aplicar la protección.
¿Te pueden cortar el agua sin avisar?
Estas son todas las características que reúnen los cortes de suministro de agua:
- La empresa debe notificar al usuario y a la autoridad antes de cortar el suministro, salvo en casos de corte inmediato. Las notificaciones sin expediente concreto se archivan y no generan efecto.
- Si la notificación no llega al usuario por dirección incorrecta o rechazo, se considera efectuada.
- La empresa puede suspender el suministro si la autoridad no indica lo contrario en 15 días hábiles.
- No se puede cortar en días festivos, sin servicio administrativo o en vísperas de estos.
- El servicio se restablece el mismo día o al siguiente hábil una vez solucionadas las causas del corte.
- La notificación debe incluir datos del usuario, de su inmueble, fecha y motivo del corte, y contacto de la empresa.
- La reconexión puede implicar un cobro máximo equivalente a la cuota de contratación.
- Si tras tres meses de corte por impago no se abonan los recibos pendientes, el contrato se da por terminado, sin perjuicio de reclamar la deuda.
Derechos del consumidor ante un corte de agua indebido
Si te cortan el suministro sin seguir el procedimiento, puedes:
Presentar una reclamación formal ante la compañía.
Acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) o a la autoridad autonómica competente.
Si el caso es urgente, puedes solicitar medidas cautelares para la reposición inmediata del servicio. Como consejo, guarda facturas, mensajes y cualquier aviso recibido.
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