Durante la vigencia del contrato, la renta podrá ser actualizada en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. El incremento producido como consecuencia de la actualización anual de la renta no podrá exceder la variación porcentual del Índice de Precios al Consumo a fecha de cada actualización.
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Durante la vigencia del contrato, la renta podrá ser actualizada en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. El incremento producido como consecuencia de la actualización anual de la renta no podrá exceder la variación porcentual del Índice de Precios al Consumo a fecha de cada actualización.
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